Ya
está listo el decreto que permitirá descongestionar las cárceles del país para
evitar el contagio del coronavirus en los centros penitenciarios. El decreto 546 de 2020 permitirá
descongestionar las cárceles del país para evitar el contagio del coronavirus
en los centros penitenciarios.
De
acuerdo con la información, el decreto establece que no más de 4.000 presos irán a casa por cárcel o a donde un juez
ordene el traslado por un término de seis meses.
La
aplicación del decreto incluye a personas que hayan cumplido 60 años de edad,
madres gestantes o con hijos menores de 3 años y reclusos que, de acuerdo con
su historia clínica, padezcan enfermedades tales como cáncer, VIH,
insuficiencia renal crónica, diabetes, insulinodependientes, tengan trastorno
pulmonar, problemas de anticoagulación, hepatitis B y hemofilia, artritis
reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores,
enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes,
enfermedades huérfanas y cualquier otra que ponga en grave riesgo la salud o la
vida del recluso.
El
decreto también incluye a personas con movilidad reducida por discapacidad y
presos condenados a cinco años de prisión y penas menores. También cobija a
personas que hayan cumplido el 40 % de la pena.
Entre
los presos que tendrán detención domiciliaria no están incluidos los condenados
por delitos de lesa humanidad,
vinculados con delitos sexuales, corrupción, secuestro, porte ilegal de armas,
narcotráfico o que estén en curso para ser extraditados, ni los sometidos a
justicia transicional, entre otros.
Los
mayores de 60 años condenados por delitos excluidos se quedarán en la cárcel. El
decreto no es de excarcelación, busca disminuir el hacinamiento en los centros
penitenciarios para evitar el contagio del coronavirus.
El
Ministerio de Justicia explicará este miércoles el decreto detalladamente.