La regulación de la hoja de coca "Salvará" Colombia

Estos son los argumentos de los senadores Iván Marulanda, del Partido Verde, y Feliciano Valencia, del Mais, que busca cambiar la guerra con la que país lleva décadas enfrentando el narcotráfico, sin lograr acabarlo, pero con altos costos en vidas y dinero.

 

¿Qué es?

 

Es un proyecto de ley que busca regular el mercado doméstico de la hoja de coca y de sus derivados psicoactivos (cocaína) y no psicoactivos (bebidas, alimentos, cosméticos a base de la hoja de coca).

 

¿Cuál es su enfoque?

 

Este proyecto se rige por un enfoque de salud pública, Derechos Humanos y la reducción de riesgos y daños.

 

¿Cuál es el objetivo?

 

El objetivo del proyecto es quitarle el control del mercado de la coca a las estructuras criminales y así reducir los daños asociados al narcotráfico (violencia, hacinamiento carcelario, corrupción, violación de los derechos de los cultivadores y de los consumidores, deforestación, desconfianza en el Estado, entre otros).

 

¿Por qué hay que regular?

 

La política prohibicionista no ha logrado obtener los resultados que se propuso cuando se adoptó varias décadas atrás. Los problemas de los cultivos ilícitos, el narcotráfico y el consumo de drogas se han agudizado y sus consecuencias adversas son cada vez más destructivas e inmanejables para el Estado y la sociedad colombiana. La mejor forma de prevenir el consumo y reducir los riesgos asociados al consumo de sustancias psicoactivas es reconociendo su existencia y adoptando políticas de salud pública para hacer frente a esta situación.

 

¿Cuáles han sido las principales consecuencias de la guerra contra las drogas en Colombia?

 

Ha sido un factor de violencia. Se estima que en Colombia el narcotráfico causó la muerte de 3,800 personas en el 2008.

Ha sido extremadamente costosa. Se estima que en los primeros 15 años de este siglo Colombia, con financiación parcial del Gobierno de Estados Unidos, ha invertido cerca de USD$1.200 millones por año para combatir la producción y tráfico de drogas y desarticular las organizaciones criminales vinculadas a este negocio.

Deteriora el medioambiente. En el 2017, el 24% de las áreas deforestadas en el país se relacionó con cultivos de coca. En el 2018, había 7.844 hectáreas de cultivo de coca en Parques Nacionales Naturales del país.

Es una de las principales razones detrás del hacinamiento carcelario:

Entre 2005 y 2014, en Colombia fueron capturadas más de 720 mil personas por porte, tráfico o fabricación de drogas, lo que equivale a capturar a nueve personas cada hora o a 80 mil personas por año.

Entre el 2000 y el 2014, el porcentaje de personas encarceladas por delitos de drogas aumentó en un 369%, mientras que el total de la población carcelaria aumentó en un 235%.

El tráfico, fabricación o porte de estupefacientes es el tercer delito por el cual más personas se encontraban presas en el país en 2016 (13,28%), por debajo únicamente del hurto (15,86%) y del homicidio (15,61%).

También es el delito por el cual el mayor número de mujeres está condenado (30%).

 

¿Cuáles son los beneficios de regular la hoja de coca y sus derivados?

 

Si se regula, es muy probable que la violencia, el cultivo en zonas protegidas y la infiltración del narcotráfico en la política y las instituciones disminuyan. Además:

 

Se podrían mejorar las condiciones de vida en las zonas cocaleras sin que estas sigan expuestas a las amenazas de grupos armados.

El Estado podría utilizar los recursos recaudados por un mercado regulado en la prevención y mitigación del daño asociado al consumo y en la investigación.

Se reducirían las distorsiones causadas por los flujos financieros ilegales en la economía.

Se recuperaría la confianza en el Estado en las zonas históricamente más afectadas por el narcotráfico.

El Estado podría implementar las políticas necesarias para reducir y mitigar los daños asociados al consumo problemático de sustancias psicoactivas.

La salud de los consumidores de drogas dejaría de estar en las manos de organizaciones criminales y pasaría a estar bajo el control y la supervisión del Estado.

Se podría fomentar la comercialización de productos a base de hoja de coca, como tés, harinas y bebidas energizantes, cuyos ingresos beneficiarían directamente a las zonas productoras de hoja de coca.

Se podría promover la investigación sobre las propiedades medicinales de la hoja de coca.

Se reduciría el hacinamiento carcelario.

Se podría tener una política exterior con una agenda más diversa y menos dependiente de los intereses de los gobiernos extranjeros.

Se contribuiría a disminuir la deforestación.

 

 

¿Qué debemos entender en la regulación de la coca y sus derivados?

 

La regulación del mercado de la hoja de coca y de sus derivados parte de la distinción entre:

 

El tipo de producto o derivado: psicoactivo (cocaína)o no psicoactivo (harina, tés y bebidas energizantes);

El tipo de uso: problemático, no problemático, científico y farmacéutico;

La etapa en la cadena de valor: cultivo, transformación, distribución, comercialización y consumo.

 

 

¿Cómo funcionaría la regulación del cultivo de hoja de coca?

 

El cultivo de la hoja de coca estará permitido siempre y cuando:

 

Se encuentre en áreas con presencia de cultivos identificados en el Censo de Cultivos Ilícitos realizado en el 2019 por la Oficina de las Naciones Unidas para las Drogas y el Delito y estén fuera de Parques Nacionales Naturales[11].

Se encuentre en resguardos indígenas.

Pertenezca a campesinos, indígenas u organizaciones sin ánimo de lucro residentes en las  áreas mencionadas anteriormente.

 

 

¿Cómo funcionaría la regulación de los procesos de transformación, distribución y comercialización de la hoja de coca y sus derivados?

 

La distribución de los derivados NO psicoactivosdependerá del objetivo para el cual se usen:

 

Uso ritual y tradicional: estará bajo el control y regulación de las Autoridades Indígenas.

Uso comercial: la producción y comercialización de los productos derivados de la coca con fines comerciales, tales como las bebidas, los alimentos y los cosméticos estará permitida en todo el territorio nacional.

En cuanto a los derivados psicoactivos de la coca, como la cocaína, se establece que la compra de la hoja y su transformación estará bajo el control del Estado. Así, el Gobierno definirá un monto anual de hoja de coca que le comprará a los cultivadores parala posterior transformación y producción de cocaína. Estos dos procesos serán realizados por medio de establecimientos farmacéuticos o centros de investigación que cuenten con la licencia requerida.

 

La reglamentación de la distribución de los derivados psicoactivos de la coca dependerá de su uso. Podrá tene rtres usos:

 

Uso no problemático (consumo ocasional y recreativo):para los consumidores no problemáticos, la cocaína será distribuida a través de la red de salud así como de las farmacias que se acrediten para ello. Los consumidores deberán registrarse en una base de datos anonimizada y asistir a una cita médica previa.

Uso problemático (consumo que afecta la salud y el entorno del individuo): su distribución estará bajo el control de las secretarías de salud de los municipios y se hará con el objetivo de reducir los riesgos y mitigar los daños en la salud y el entorno del individuo.

Uso farmacéutico investigativo: se otorgarán licencias para que los establecimientos acreditados puedan transformar la hoja de coca para fines farmacéuticos e investigativos.  

 

 

¿Se protegerá a los pequeños cultivadores?

 

Sí. El cultivo de la hoja de coca estará permitido únicamente para campesinos e indígenas ubicados en zonas donde hoy existen cultivos de coca y sus respectivas asociaciones y cooperativas. Esto con el objetivo de garantizar que los beneficios de este nuevo mercado se transfieran solamente a estas poblaciones históricamente afectadas por la guerra contra las drogas.

 

 

 

¿Cuáles son las restricciones para el consumo que establece el proyecto de ley?

 

El consumo de derivados psicoactivos de la hoja de coca tendrá las siguientes restricciones:

 

Estará prohibido el consumo para niños, niñas y adolescentes.

Estará prohibido todo tipo de publicidad y promoción de estos productos.

Estará prohibido su consumo en establecimientos educativos, deportivos, y frecuentados por niños, niñas y adolescentes; medios de transporte, entre otros.

Cualquier persona interesada en consumir derivados psicoactivos de la hoja de coca de manera recreacional deberá registrarse previamente en un una base de datos, asistir a una cita médica y solo tendrá acceso a una dosis máxima de consumo semanal.

 

 

¿Por qué ayudaría este proyecto de ley a disminuir la deforestación?

 

Por un lado, porque permitiría que los cultivos de coca se hagan dentro de la frontera agrícola y no entre los bosques primarios. Por otro lado, porque la rotación de cultivos como causante de la pérdida de bosques no tendría lugar pues ya no habría necesidad de eludir a las autoridades.

 

 

 

¿Es posible regular el mercado de coca y sus derivados en Colombia sin incumplir los tratados internacionales?

 

Partiendo de la base de que en el contexto actual es poco probable a corto plazo que se reformen las principales convenciones internacionales en materia de drogas, Colombia dispone de cuatro posibilidades para reformar su política de drogas sin que esto signifique una violación al Derecho Internacional.

 

La primera alternativa consiste en priorizar un enfoque de Derechos Humanos, para poner los tratados sobre Derechos Humanos por encima de las convenciones que tratan el tema de las drogas de manera específica. Esto fue, por ejemplo, lo que hizo Uruguay en el 2013 cuando reglamentó el mercado de marihuana.

 

Una segunda opción consiste en retirarse de los tratados para luego volver a unirse haciendo las salvedades necesarias sobre los artículos que irían en contra del marco regulatorio escogido a nivel nacional. Esto fue, por ejemplo, lo que hizo Bolivia para poder permitir el uso tradicional de la hoja de coca sin incurrir en una violación de los tratados internacionales.

 

La tercera consiste en incumplir respetuosamente los tratados sobre drogas. Esta opción, por ejemplo, ha sido antes escogida por países como Canadá. En este caso, Colombia seguiría siendo parte de los tratados, aceptando abiertamente que su legislación interna contraviene con lo estipulado en dichos tratados pero socializando y explicando su decisión, haciendo alusión a los principios dentro de los cuales se enmarcan estos tratados (promover la salud y el bienestar de la humanidad y los valores centrales de la carta de la ONU) y, además, comprometiéndose a respetar las demás disposiciones, así como a seguir presentando los informes correspondientes y atendiendo las  inquietudes de los estados vecinos.

 

Finalmente, la última opción consiste en juntarse con otros países que comparten el mismo enfoque frente a la política de drogas para hacer modificaciones “inter se” de los tratados sobre drogas. Este  es un mecanismo establecido dentro de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 para que un grupo de Estados Miembros modifique un tratado “entre ellos” con el fin de  “conciliar la necesidad de salvaguardar la estabilidad de los tratados con los requisitos de un cambio pacífico”[13]. Este mecanismo permite ajustar los tratados internacionales a normativas nacionales, sin que los países se vean obligados a irrespetarlos o a retirarse de estos.

 

¿Este proyecto es compatible con la Constitución?

 

Sí. A partir de la interpretación que ha hecho la Corte Constitucional sobre el artículo 49 de la Constitución desde la sentencia C-221 de 1994, es claro que dicho artículo protege el derecho a la salud de los colombianos como derecho fundamental, finalidad que cumple la presente iniciativa. Adicionalmente, es de resaltar que el proyecto de ley está en línea con el derecho al libre desarrollo de la personalidad, enmarcado en el artículo 16 de la Constitución Política, y con el derecho a una vida digna y a la dignidad humana, entendida como por la Corte Constitucional como vivir como cada quien quiera, vivir bien y vivir sin humillaciones.

 

 

 

¿Qué pasaría con la cocaína que se exporta para su consumo ilegal en otros países?

 

La coca que se cultive y la cocaína que se produzca y se transporte para el consumo ilegal en otros países será prohibida. Las sanciones serán las mismas contempladas actualmente en el código penal.

 

El Estado colombiano deberá abogar por la modificación de los tratados internacionales que prohíben la coca y la cocaína y propiciar acuerdos con otros países para la exportación legal de cocaína a otros países.

 

¿Ya hay países que han regulado el mercado de la coca?

 

Sí. Perú y Bolivia ya cuentan con legislaciones que permiten cultivar la hoja de coca y comercializar sus derivados no psicoactivos bajo ciertas condiciones. Sin embargo, en ninguno de estos países se ha regulado la transformación, comercialización y consumo de la cocaína.

 

¿Qué usos y propiedades puede tener la hoja de coca?

 

La coca debería considerarse y consumirse de la misma manera que el té, el café o el cacao pues no hay evidencia de que la hoja de coca sea nociva para la salud y, aún menos, que tenga efectos similares a los alcaloides químicamente aislados derivados de ella, como la cocaína[15].

 

Algunos productos que se pueden derivar de la hoja de coca son: bebidas alcohólicas (vinos, cervezas, aguardientes), bebidas energizantes, harinas, tés, aromáticas e infusiones, panes, pasteles, confiterías, pastas de dientes y geles y aceites.

 

Además, la hoja de coca también contiene propiedades medicinales:  mejora la energía, el estado de ánimo y la digestión y podría contribuir al manejo de la obesidad, diabetes, depresión, déficit de atención (TDAH), enfermedades cardiovasculares y afecciones digestivas. Además, la hoja de coca también tiene propiedades nutricionales pues contiene calcio, fósforo, hierro, vitaminas (caroteno tiamina, riboflavina), proteína vegetal y antioxidantes

 

La hoja de coca también podría contribuir a reducir los daños causados por estimulantes como la cocaína, brindando alivio a la ansiedad y mejorando las relaciones entre las comunidades terapéuticas y los clientes. Asimismo, sus propiedades antimicrobianas podrían emplearse para prevenir la gingivitis y la caries dental. Finalmente, la coca también puede ser empleada en la agricultura, como fertilizante orgánico y plaguicida.

 


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