En el 2021
los motociclistas deberán ser aún más precavidos con los cascos que usan, pues
las autoridades en materia de Transporte en el país actuarán con mayor rigor en
la revisión de este elemento de protección personal, con el fin de garantizar
la seguridad vial.
Con la
Resolución 23385, firmada el 25 de noviembre de 2020, y que entrará en vigencia
el próximo 23 de enero, por ejemplo, no se permitirá el uso de celulares entre
el casco y la cabeza de los motociclistas, una práctica habitual en algunos de
ellos, que los pone en riesgo. Así lo determina la orden escrita, firmada por
la ministra de Transporte, Ángela María Orozco, en el literal “b” del artículo
6:
No podrán
—los conductores y acompañantes de vehículos tipo motocicletas, motociclos,
mototriciclos, motocarros y cuatrimotos— <b>portar sistemas móviles de
comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco,
</b>excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares
que permitan tener las manos libres
De acuerdo
con la resolución, la Policía de Tránsito y Transporte también podrá sancionar
a quienes, pese a tener su casco en buen estado, no tengan su cabeza
“totalmente inmersa en él”, lo mismo con quienes tengan la correa del casco
rota o con defectos.
El casco
“debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas,
ni broches partidos e incompletos”, se lee en el literal “a” del artículo 6.
La medida
también establece que en los cascos con cubierta facial inferior movible, es
decir, los abatibles o modulares, esta siempre debe ir “cerrada y asegurada
durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del
motociclista (conductor y/o acompañante)”.
Con la
resolución, explica la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), la apuesta es
“disminuir y evitar lesiones o traumas craneoencefálicos a los usuarios de
motocicleta involucrados en un siniestro vial”.
Quienes
incumplan las normas en mención, conforme con la resolución que entrará en
vigencia el mes próximo, tendrán que pagar 15 salarios mínimos legales diarios
vigentes, que, si se toma como referencia el 2020, representarían $ 438.900.
“Además, la
no utilización del casco de seguridad cuando corresponda, dará lugar a la
inmovilización del vehículo, de conformidad con lo establecido en el artículo
94 de la Ley 769 de 2002″ establece la medida.
Entre enero
y noviembre de 2020, 4.741 ciudadanos han fallecido en las vías del país, de
los cuales el 53 % fueron usuarios de motocicleta, según el Observatorio
Nacional de Seguridad Vial.