General (R) Rodolfo Palomino fue destituido e inhabilitado por 13 años por la procuraduría



El procurador general, Fernando Carillo, encontró que el exdirector de la Policía Nacional y otros tres altos oficiales de la institución “incidieron” en el coronel Reinaldo Gómez para que este se retractara de las denuncias que hizo contra el general Palomino por acoso sexual y laboral, que detonaron el escándalo conocido como “la comunidad del anillo”.

El procurador general, Fernando Carrillo, destituyó e inhabilitó por 13 años al exdirector de la Policía Nacional entre los años 2013 y 2016, general (r) Rodolfo Palomino por “influenciar irregularmente” al coronel Reinaldo Alfonso Gómez para que este se retractara de las denuncias que había hecho por acoso sexual y laboral en su contra, que destaparon el escándalo conocido públicamente como “la comunidad del anillo”. En su decisión, el Ministerio Público también destituyó e inhabilitó a tres altos mandos de la institución quienes usaron su cargo para lograr que el coronel Gómez rectificara sus denuncias.

En el fallo con fecha del 13 de enero de 2021, la Procuraduría resolvió los recursos de reposición interpuestos en contra de la decisión del 14 de noviembre de 2018 en la que se declaró la responsabilidad de disciplinaria por estos hechos de los coroneles Ciro Carvajal Carvajal y Flavio Heriberto Mesa Castro quienes, para la época en la que Palomino era director general de la Policía, se desempeñaban como secretario general de la Policía Nacional y comandante de la Policía Nacional en el departamento de Cundinamarca, respectivamente. Pero nada cambió para los dos oficiales pues el procurador les confirmó a cada uno la sanción de inhabilidad por 10 años años.

Para quienes sí cambió la situación fue para el general (r) Rodolfo Palomino y el mayor Jhon Santos Quintero Landinez, jefe del área jurídica de la Secretaría General de la Policía, quienes en ese primer fallo de 2018 habían salido absueltos del proceso disciplinario y, en esta oportunidad, resultaron responsables disciplinariamente. La sanción impuesta por el Ministerio Público al mayor Quintero Landinez, fue la destitución e inhabilidad durante 10 años. (Lea también: Fiscalía leyó la acusación contra el general (r) Rodolfo Palomino por tráfico de influencias)

La investigación giró en torno a una reunión realizada el 8 de mayo de 2015, en la Secretaría General de la Policía Nacional, “a la que asistieron el coronel Ciro Carvajal Carvajal, el coronel Flavio Heriberto Mesa Castro, el mayor John Santos Quintero Landinez y el teniente coronel Reinaldo Alfonso Gómez Bernal, donde los oficiales mencionados habrían mediado ante el teniente coronel (Reinaldo Gómez), para que este se retractara de lo consignado en un documento del 5 de mayo de 2015, dirigido al general Rodolfo Palomino López”. A cambio, los altos mandos le prometieron a Gómez que sería absuelto en segunda instancia, en caso de que resultara sancionado en un proceso disciplinario que avanzaba en su contra.

Lo que pasó el 5 de mayo de 2015 fue que el teniente coronel Gómez le envió un oficio al general Palomino en el que le solicitaba que frenara la persecución laboral, luego de que se le negara la práctica de pruebas en el proceso disciplinario en el que Gómez era investigado. En la misiva, que fue radicada, Gómez le exigía a Palomino que tuviera criterio y profesionalismo, desligando lo personal y sentimental frente a lo laboral, debido a dos circunstancias: la de haber denunciado al coronel Norman León Arango y la de no haberle aceptado pretensiones amorosas y sexuales en la Escuela Rafael Núñez, situación que no estaba dispuesto a aguantar más. Tanto así, que Gómez le manifestó al general que, de no cesar la persecución laboral, se vería obligado a hacer pública la situación.

Al enterarse de la radicación de la carta, el general Palomino averiguó dónde se encontraba Gómez Bernal y, al enterarse de que trabajaba para el departamento de Cundinamarca, llamó al comandante de esa seccional, el coronel Flavio Heriberto Mesa. Palomino le pidió que citara a Gómez Bernal a una reunión, lo escuchara y hablara con él. La reunión se concretó el 8 de mayo de 2015 y, además de Gómez, asistieron Flavio Heriberto Mesa, Ciro Carvajal Carvajal y Jhon Santos Quintero. Con lo que no contaron los oficiales, fue con que el teniente coronel Gómez grabó en audio toda la conversación, en la que quedaron expuestas las pretensiones de los altos mandos policiales.

La grabación, que se convirtió en la prueba reina del proceso disciplinario fue controversial y duramente atacada por la defensa, especialmente del mayor John Santos Quintero, aludiendo que violaba el derecho a la intimidad de su cliente. Sin embargo, el Ministerio Público, en el fallo, determinó qué la prueba era válida y lícita. “En dicha reunión se analizó un proceso disciplinario en el cual ya se había proferido pliego de cargos y, por tanto, las actuaciones que se surtieron en él no eran reservadas, sino públicas, por lo que su contenido no se circunscribía al aspecto que involucran el derecho a la intimidad de los que de ella participaron”, indicó la Procuraduría. (Le puede interesar: Las decisiones judiciales esperadas para este año)

Lo cierto es que luego de evaluar la grabación, los testimonios de los uniformados, la versión del teniente coronel Reinaldo Gómez, los oficios radicados y todas las pruebas que fueron presentadas en el proceso, el procurador general Fernando Carrillo determinó que con ocasión al oficio radicado por Gómez el 5 de mayo de 2015 que estaba dirigido al general Palomino, este último en compañía de los oficiales Ciro Carvajal, Jhon Santos Quintero y Flavio Heriberto Mesa “emprendieron toda una estrategia defensiva para lograr que el teniente coronel Gómez Bernal se retractara del contenido del escrito inicial puesto que maltrataba la imagen y la del general, razón por la cual, la reunión se efectuó con el propósito de lograr la elaboración de otro escrito que le restara efectividad al anterior”.

Agregó el procurador que el mayor Jhon Quintero y el secretario general Ciro Carvajal le informaron al general Rodolfo Palomino sobre todo lo que se habló en la reunión, es decir, que se enteró del proceso disciplinario que se adelantaba contra Reinaldo Gómez y le confirmaron que este último se había acogido a la sugerencia de presentar un nuevo escrito ofreciendo excusas por el contenido de lo reportado el 5 de mayo de 2015. En efecto, al día siguiente de la reunión, el 9 de mayo de 2015, Gómez radicó un nuevo oficio de retracto que se direccionó al director de la Policía. A cambio, resultó favorecido, en segunda instancia, en el proceso disciplinario que tenía a cuestas. En otras palabras, los acuerdos pactados en la reunión se cumplieron.

“Los oficiales que participaron en la reunión, eran consientes que esta era irregular, hasta el punto que, en varios momentos de la reunión, se acudió al tema de la confianza, la seguridad y la tranquilidad para que se retractara o elaborara el otro documento (de retractación), puesto que el caso disciplinario (que avanzaba contra Gómez Bernal) sería revisado por ellos en segunda instancia y la presencia del secretario general y el jefe del área de jurídica, encargados de la sustanciación de la segunda instancia, era una garantía, pues, de lo contrario, no le estarían diciendo qué debía hacer y cómo encausar las defensa, manifestándole al teniente coronel Gómez Bernal que estaban prevaricando y metidos en un problema y todos estaban ahí sentados para tomar decisiones”, señala el fallo.

Y, en lo que tiene que ver con el general Rodolfo Palomino indicó el procurador que “obra prueba que demuestra su calidad de determinador, al proponer y ordenar a los coroneles ´Flavio Heriberto Mesa Castro, Ciro Carvajal Carvajal y John Santos Quintero Landinez, para que coordinaran y se reunieran con el teniente coronel Reinaldo Alfonso Gómez Bernal, el día 8 de mayo de 2015, en las instalaciones de la Secretaría General de la Policía Nacional, en una reunión que desde su organización resultaba irregular, para que ejercieran, cada uno desde su posición y cargo, influencia sobre aquel”. Por tanto, el Ministerio Público descartó que la instrucción impartida por Palomino se haya orientado simplemente a escuchar las inquietudes de Gómez.

“El general Rodolfo Palomino López conocía que con su actuar estaba recorriendo los elementos normativos de una falta disciplinaria, pues no de otra forma puede entenderse que antes de poner en conocimiento de las autoridades competentes lo consignado por el teniente coronel Gómez en el escrito del 5 de mayo de 2015, ordenó la realización de la reunión, a la cual no asistió, pero que determinó a sus subordinados para que ejercieran en dicha ocasión influencia indebida sobre el teniente coronel Reinaldo Gómez Berlnal para que este se retractara respecto de las acusaciones y afirmaciones mencionadas en el oficio del 5 de mayo de 2015″, agregó el procurador en el fallo en el que calificó la conducta del exdirector de la Policía como falta gravísima cometida a título de dolo.

 

 

 

Fuente: El espectador

 

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