Fue condenado a 41 años el primer responsable del crimen del laboyano Arbey Vargas

Por el secuestro y posterior homicidio del empresario Arbey Vargas Trilleras, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado condenó al primer responsable.

Probablemente, Jorge Gamboa Barrera, el primer condenado por el secuestro y posterior crimen del caballista laboyano, Arbey Vargas Trilleras, no vuelva a conocer la libertad en lo que le resta de su vida terrenal.

Como estaba advertido, el Juez Primero Penal del Circuito Especializado Gamboa Barrera lo encontró responsable a título de coautor, por el crimen del presidente de la Asociación de Caballistas Laboyano (Asocala), ocurrido el 8 de junio de 2021, hace 20 meses.

Gamboa Barrera, procesado en el pasado por delitos comunes, renunció sorpresivamente a la presunción de inocencia, y aceptó cargos. Esa decisión espontánea, originó la ruptura de la unidad procesal y anticipó la sentencia condenatoria.

El fallo fue proferido ayer en audiencia virtual.

Tal como estaba advertido, Gamboa Barrera fue encontrado responsable de los delitos de homicidio en circunstancias de agravación en concurso material heterogéneo a título de coautor con desaparición forzada, secuestro extorsivo agravado, utilización de menores en la comisión de delitos concierto para delinquir y porte ilegal de armas.

El Juez Primero Penal del Circuito Especializado le impuso una ejemplar condena 496 meses de prisión (equivalente a 41 años y tres meses de prisión), sin beneficios e inhabilitado durante 20 años.

Además, le impuso como pena accesoria en favor del Estado el pago de una multa estimada en 14.350 millones de pesos (equivalente a 11.033 salarios mínimos mensuales vigentes).

A pesar de la severidad de la condena, el juez titular mantuvo la garantía de proporcionalidad de la pena contempladas por aceptación de los cargos.

Aun así, consideró que la menor punibilidad se dio como consecuencia de esa aceptación.

“Se puede concluir que la gravedad de la conducta puso efectivamente en peligro, sin justa causa, el bien jurídicamente protegido”, explicó el togado al emitir el fallo condenatorio.

“En este evento, además del propio secuestro, es superior a la gravedad de las conductas de homicidio en circunstancias de agravación; la desaparición forzada y el uso de menores de edad frente, concierto para delinquir y porte ilegal de armas”, afirmó.

“Pero no solo con la mayor contrariedad con el ordenamiento jurídico y la superior potencialidad de lesión a los bienes jurídicos que esa norma protege sino porque las acciones que Jorge Gamboa y los demás sujetos, no solo crearon un peligro de alta intensidad por haber realizado los actos ejecutivos sino porque efectivamente produjeron su lesión por la actividad ilícita de asociarse para cometer delitos”, acotó.

“Se trató- dijo- de acciones absolutamente execrables por la forma en que se ejecutaron para obtener a cambio un provecho económico ilícito, suprimiéndole la vida al sujeto pasivo (Arbey Vargas) como medio para alcanzar impunidad”.

Para dosificar las penas se partió de las mínimas previstas que se fueron aumentando en razón al concurso de delitos, es decir, que se cometió un delito para ocultar otros y por lo tanto no tienen rebaja de penas. Y además porque cada una de esas acciones se violaron bienes jurídicos de gran trascendencia.

Por esa razón las penas fueron aumentadas por extorsión agravada, desaparición forzada, por el uso de menores de edad para la comisión de delitos, por concierto para delinquir y porte ilegal de armas.

“En estas condiciones, -dijo- las penas a imponer quedaron en 496 meses de prisión y una multa de 11.033,33 salarios mínimos legales vigentes”.

Adicionalmente, se le impuso la máxima inhabilidad de 20 años para ejercer funciones públicas.

El despacho, no le concedió ningún beneficio, ni mecanismos sustitutivos, a pesar de haber aceptado cargos, porque no se ajustan.

“Estos mecanismos sustitutivos- dijo- no son para el sentenciado una gracia, un favor, un regalo que le concede el juez, sino un derecho de aquel, siempre y cuando la persona condenada reúna o cumpla cada una de las condiciones o requisitos.

“En este caso, aclaró, estos requisitos no se cumplen”.

En consecuencia, le negó la posibilidad de sustitución de la pena, la libertad condicional o la prisión domiciliaria, contempladas en la ley penal.

“Por lo tanto, el sentenciado no tiene derecho a ninguno de estos beneficios, debido a las penas que se le impuso y la gravedad de las conductas, beneficios que están expresamente prohibidos por la ley para este tipo de delitos relacionados con el secuestro, la desaparición forzada, y el concierto para delinquir.

La ley solo contempla los beneficios por colaboración consignados en el Código de Procedimiento Penal, siempre que sea eficaz.

A pesar de haber aceptado cargos y saber con anticipación las implicaciones y la pérdida de los beneficios, el homicida anunció que apelará el fallo condenatorio. Tendrá cinco días para sustentar la impugnación ante el Tribunal Superior de Neiva.

Gamboa Barrera, nació el 22 de junio de 1974 en La Palma (Cundinamarca). El sentenciado cumplirá en esa fecha 49 años, lo que significa que, probablemente, no saldrá de la cárcel. Cuando termine de purgar la pena (41 años de prisión), si logra sobrevivir, tendrá 90 años.

Según su prontuario judicial Gamboa Barrera ya había estado preso por delitos comunes. El hombre, conocido también como ‘Yacopí’ o ‘Chorogil’, reporta antecedentes penales por extorsión, homicidio y narcotráfico, cometidos en Cundinamarca y Santander.

Cuatro meses y veinte días después del horroroso crimen, Gamboa Barrera fue capturado en Soacha (Cundinamarca) el 28 de octubre de 2021 como uno de los autores materiales del secuestro y posterior homicidio.

En el mismo operativo el grupo Gaula de la Policía capturó a Jonathan Rodríguez Sánchez (‘Jonathan’) el segundo hombre clave.

En Pitalito, también fue aprehendido Brayan Stiven Rojas Macías, el mayordomo de la finca en donde se perpetró el crimen y su hermano menor, involucrado, sin saber, en este crimen.

Como supuesto autor intelectual fue señalado el abogado César Sierra Avellaneda, con una orden de captura vigente.

Según el expediente, el procesado hizo parte de toda la estructura criminal y jugó un rol definitivo para la perpetración de los hechos que terminaron con la muerte del empresario laboyano.

Según los informes de inteligencia, Gamboa Barrera con ese propósito arribó al departamento del Huila el día 2 de junio de 2021 conduciendo un automóvil Renault Simbol, color gris, distinguido con la matrícula BWD-230, utilizado para el seguimiento, retención y actos preparatorios del secuestro y posterior crimen.  Gamboa viajó desde Bogotá en caravana con Jonathan Rodríguez Sánchez, contratados para perpetrar el hecho delictivo.

Los dos cómplices y el supuesto autor intelectual César Sierra llegaron a Pitalito desde el miércoles 2 de junio. Sierra y Jonattan, arribaron en un automóvil Wolksvagen, color blanco, línea gol, placas UEY-756, también utilizado en los seguimientos y labores de inteligencia previa.

Los tres se hospedaron en la habitación 208 del hotel Metropol de Pitalito, ubicado frente al almacén Adictos Bossi de propiedad del caballista asesinado. Desde esta habitación hacían inteligencia y verificaban los movimientos del empresario, como quedó registrado en las cámaras de seguridad.

“Desde las ventanas de la habitación del hotel Metropol los victimarios recaudaban información de los movimientos de la víctima y tomaban registros fotográficos como quedó evidenciado”, precisó el fiscal sexto especializado Eduardo Polanía, quien los acusó formalmente.

Luego se desplazaron a la casa campestre Villa Valentina, en la vereda Cascajal, en la vía Pitalito-Timaná.  La cabaña fue tomada en arriendo por cuatro días y por el alquiler Yonathan Rodríguez pagó medio millón de pesos.

Por la noche llegaron cuatro personas más en dos vehículos, un corsa de color rojo, y en el vehículo Renault Simbol, color gris, placas BWD-230, donde se movilizaba procedente de Bogotá, Jorge Gamboa Barrera.

El domingo 6 de junio prolongaron la estadía y cancelaron otros 500 mil pesos por cuatro días más de alquiler.

Una vez reportado el plagio, los investigadores del Gaula de la Policía pusieron en marcha un minucioso proceso de investigación, a través técnicas de seguimiento y verificación de más de 300 horas de grabaciones telefónicas, antes y después del crimen.

De acuerdo con los cotejos, el celular que portaba Gamboa Parra registró actividad de llamadas entrantes y salientes desde el 10 de abril del año 2021 hasta el día 26 de junio del año 2021, relacionada con el homicidio.

Según la Fiscalía, Gamboa Barrera participó de manera activa en el seguimiento efectuado días antes a la víctima y en la perpetración del crimen y luego, en el ocultamiento del cadáver.

“El día de los hechos, fue una de las personas que abordó al caballista y lo retuvo”, confirmó un investigador del CTI.

Gamboa estuvo en Pitalito hasta el 8 de junio de 2021 día del homicidio y luego emprendieron la fuga.

El secuestro se produjo a las 12:52 horas, cuando el caballista se encontraba en su vehículo marca jeep Rubicon (placas RLW-440) estacionado frente a la casa de sus padres, el barrio San Andrés en Pitalito. El empresario llegó en compañía de su compañera sentimental, Viviana Cárdenas.

 

Al día siguiente hacia las 9:45 de la mañana el campero fue encontrado abandonado y sin ocupantes en el ‘Parador del Filo’, en la carretera hacia Acevedo.

Con la complicidad del mayordomo Brayan Stiven Rojas Macías lo ingresaron a la finca, lo ultimaron en estado de total indefensión y luego lo ocultaron, para procurar impunidad.

La versión rendida por un testigo protegido permitió la captura de los autores materiales, realizada el 28 de octubre de 2021.

El cuerpo presentaba dos impactos de bala propinados a ‘quemarropa’. Además, presentaba signos de tortura. “Pese a los ruegos de Vargas Trilleras y una vez golpeado, lo asesinan con arma de fuego, ocasionándole dos heridas, una a nivel cervical posterior derecha (nuca), otra herida región posterior del hemitórax izquierdo (espalda)”, relató la Fiscalía.

“Los responsables, parientes entre sí, trasladaron el cadáver en un caballo. El cuerpo sin vida estaba envuelto en una cobija y luego lo sepultaron”, aseguró el juez Primero Penal del Circuito Especializado.

El mayordomo Brayan Stiven Rojas Macías y su hermano Cristian Camilo Rojas abrieron la fosa, enterraron el cadáver y luego le rociaron cal viva para acelerar la descomposición y dificultar la identificación.

Yonathan Rodríguez Sánchez, es natural de Bogotá donde aparece registrado como comerciante. El hombre, de 38 años, permanece privado de la libertad cárcel distrital de Neiva.

Actualmente, responde en un proceso penal, aparte, luego de la ruptura procesal que originó la aceptación de cargos y precipitó la primera sentencia condenatoria por este execrable crimen.

Brayan Stiven Rojas, logró un principio de oportunidad con la Fiscalía, legalizado a finales del año pasado y será testigo protegido. César Sierra, el supuesto autor intelectual, tiene vigente una orden de captura desde octubre de 2021, sin que se haya hecho efectiva.

Tomado de: Periódico La nación

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