Continúa pulso madres comunitarias-ICBF

 Desde   el pasado lunes,  las  madres    que  atienden   los hogares   comunitarios   en el país   realizan   protestas para reivindicar   sus derechos laborales que   según ellas   les  ha negado  el  gobierno nacional. También   reclaman   por el sistema  de  contratación   porque  consideran es  lesivo para   sus   condiciones.

En Pitalito,  varias   madres   comunitarias  realizan   un  plantón  en  los exteriores  de la  sede   zonal   del ICBF, en el barrio   San Mateo en la comuna   Uno de  Pitalito,  apoyan la  convocatoria nacional  y   efectúan a su modo   su   rechazo  a las  politicas  actuales   para este  sector   comunitario.

Nidia   Flores Guzmán, vocera  de estas  trabajadoras   en   el  sur del Huila,  afirmó  que   de manera   organizada  y pacífica el grupo   desarrolla   sus actividades   en  las afueras   de la sede  del  ICBF.

Calmadamente   realizan su protesta   hasta  las  4  pm,  desde el pasado  4  de  Abril   y   hasta el momento no han  considerado ninguna   nueva  actividad.  Sólo   son ellas, no están acompañadas  ni por menores  de  edad ni han tomado acciones  radicales.

Ellas  reivindican   que   la alimentación   brindada   por el estado   es   muy   deficiente   para atender  a  una buena  cantidad de  menores  que   usan este   servicio, por lo que han  llamado la  atención  de  los padres de familia  para   que las apoyen.

¿Qué  dijo   la gerente del programa  madres   comunitarias  del  ICBF?

Desde  Bogotá, Claudia  García   gerente   del programa   Madres   comunitarias en el  Icbf, reiteró   que los niños   no pueden verse  afectados   por las   protestas por lo que se  implementaría   un "Plan de Choque" para garantizar   sus  derechos y atención.  

La gerente reiteró   el llamado   a las madres que están en cese   de actividades para  que  retornen   a sus labores y garanticen la atención   a los menores. 



En relación con las peticiones de las Madres Comunitarias, García explicó que no es posible hacer una vinculación laboral directa con ellas dado que la Ley 1607, artículo 36, establece que no pueden ser funcionarias del Estado colombiano.  Igualmente por ley está definido que pueden ser contratadas de acuerdo al Código Sustantivo de Trabajo y en este momento ellas tienen su contrato laboral con cada operador
Artículo Anterior Artículo Siguiente

نموذج الاتصال