El viernes pasado el alcalde del municipio de Elías
Juan Diego Trujillo Artunduaga recibió la noticia sobre la determinación que
tomó la Procuraduría Provincial de Garzón de destituirlo del cargo e
inhabilitarlo para ocupar puestos de carácter públicos por un periodo de 10
años. Lo anterior por presuntamente haber violado el principio de publicidad
para efectos de otorgar el contrato de remodelación del edificio municipal.
La alcaldía de Elías ha funcionado en un pequeño y
vetusto edificio el cual, no había recibido mantenimiento o mejora en materia
de infraestructura en los últimos años, razón que motivó por parte del acalde
la realización del proyecto para labores de mejoramiento de la planta física de
la casa de gobierno. Los procesos como todos los que se ejecutan con recursos
del Estado, se publicaron en la página del Secop lugar al que cualquier
ciudadano interesado en participar de las licitaciones o invitaciones públicas
puede acceder y conocer los detalles de lo allí indicado.
¿Porque la destitución?
La obra de remodelación de la alcaldía de Elías se
estimó en 89 millones de pesos, según lo expresó el alcalde Juan Diego Trujillo
se expuso en página apelando al rigor de la Ley que indica, que se debe hacer
el proceso de publicación de los pre pliegos por un tiempo de hasta 3 días
hábiles, sin especificar que debe tomarse justamente estos tres días, pues el
término permite inferir que puede hacerse en menos tiempo.
Uno de los posibles interesados en presentarse para
desarrollar el proyecto, se quejó ante la personería municipal señalando que fueron
pocos los días para el proceso de publicidad de este a lo que el alcalde indicó
que se contó con todo el mérito legal para la publicación correspondiente.
Señaló el mandatario que incluso permaneció por nueve días en página tiempo
suficiente para que cualquier ciudadano accediera a la información; e indicó
igualmente que no se le hicieron cambios a los pre pliegos para garantizar la
transparencia de los mismos.
La queja de la personería pasó a la Procuraduría
Provincial hacia donde se dirigió el alcalde con todos sus argumentos y
defensa, pero el ente de control el tiempo maratónico determinó proferir en
primera instancia la sanción que ahora está en manos de la Procuraduría
Regional.
“El fallo se argumenta increíblemente en una
definición de Wikipedia donde el término de concepto refiere que son tres días,
pero los entes de control deben actuar con base a la Ley y ella es clara
indicando que son hasta tres días para los principios de publicidad”,
manifestó.
“Estoy tranquilo, hemos actuado transparentemente,
conforme a la Ley, Elías tiene alcalde y seguiremos trabajando por el bienestar
del pueblo”, indicó el mandatario quien invitó para éste sábado 3 de marzo a la
jornada de rendición de cuentas de la vigencia 2017; mientras tanto, prepara
con su apoderado jurídico su defensa cuyos argumentos espera que si sean
tenidos en cuenta por la Procuraduría Regional con sede en Neiva.