Los productores y vendedores de estos productos
tendrán un año de transición para que cumplan con la norma técnica exigida para
los conductores de moto.
Luego de dos años de trabajo continuo, la Ministra de
Transporte, Ángela María Orozco, firmó la resolución con la que expide el
“Reglamento Técnico De Cascos Protectores Para el uso de Motocicletas,
Cuatrimotos, Motocarros, Mototriciclos, y Similares”.
Dentro de este reglamento se especificó que las
características que deben tener los cascos con las siguientes:
- Visión periférica
- Ensayo de rigidez
- Ángulo de apertura del visor
- Extensión de la coraza
- Ensayo de absorción de impactos y transmitancia luminosa.
“El propósito
es proteger la vida de los usuarios mediante el uso de un buen casco y con esta
norma esperamos lograrlo, por lo que habrá una transición mínima de un año para
esta nueva regulación. En segundo lugar, el foco de control no serán los
motociclistas, vamos a exigirles a los vendedores de cascos que los productos
que vendan cumplan con los estándares mínimos de seguridad”, manifestó la
Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.
Cabe destacar que los cascos deberán cumplir con la
información descrita en el etiquetado la cual podrá estar en una o más
etiquetas y deberá ser legible a simple vista, de manera veraz y completa.
Dicho etiquetado deberá evidenciar el país de origen
del producto, el nombre del fabricante o importador; y la identificación del
lote o su fecha de producción. El nombre del producto, la talla del casco y la
indicación del reglamento, señaló ese noticiero.