Ante la presencia de nuevos
testimonios de confesos integrantes y colaboradores del extinto Cartel de
Medellín y otra evidencia recopilada, la Fiscalía General de la Nación definió
la situación jurídica de Jhon Jairo Velásquez Vásquez, alias Popeye, y Gustavo
Adolfo Gutiérrez Arrubla, alias Maxwell, investigados por el homicidio del periodista Guillermo Cano Isaza, ocurrido el 17 de
diciembre de 1986, en el occidente de Bogotá.
De acuerdo con los elementos materiales probatorios, los hoy procesados
hicieron parte del denominado brazo armado de la estructura de Pablo Escobar y,
al parecer, tuvieron conocimiento y habrían incidido en la planeación del
atentado contra el entonces director del diario El Espectador.
Sobre alias Popeye hay indicios que
darían cuenta de su participación en una reunión en la que los cabecillas del
Cartel de Medellín, entre ellos Pablo Escobar, concertaron atentar contra Guillermo Cano Isaza
por sus publicaciones contra la organización narcotraficante y definieron la
forma y quiénes ejecutarían el crimen.
Por otro lado, alias Maxwell,
supuestamente, hizo las labores de inteligencia en Bogotá e identificó los
movimientos y rutinas del comunicador. Esta información habría
terminado en manos del grupo de sicarios que asesinó al periodista
mientras se movilizaba del trabajo a su residencia.
En atención a los parámetros establecidos por la Ley 600 de 2000
(antiguo Código de procedimiento Penal), una fiscal de la Dirección
Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos impuso medida de
aseguramiento en establecimiento carcelario contra Jhon Jairo Velásquez
Vásquez, alias Popeye, como presunto coautor del delito de homicidio
agravado.
Esta decisión fue comunicada al Instituto Penitenciario y Carcelario
(Inpec) para que sea efectiva en el momento en el que alias Popeye cumpla su
periodo de detención en la cárcel de máxima y mediana seguridad de Valledupar
‘La Tramacúa’.
Respecto a Gustavo Adolfo Gutiérrez
Arrubla, alias Maxwell, la fiscal del caso dispuso medida no privativa de la
libertad que contempla presentaciones periódicas ante la autoridad competente,
prohibición para salir del país, mantener buena conducta individual, familiar y
social; no tener contacto ni comunicación con las víctimas, y pagar una caución
equivalente a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes
Laura
Palomino