El
Gobierno Nacional expidió el Decreto 682, por el cual establece las condiciones
de los tres días libres de Impuesto de Valor Agregado (IVA) durante el 2020,
esto con el fin de promover la reactivación económica del país en medio de la
contingencia.
Los
días para los cuales aplicará este descuento del Impuesto del Valor Agregado
serán el 19 y 26 de junio y el 03 de julio; no obstante, hasta el momento se
mantiene en varios sectores del país la restricción de PICO Y CÉDULA, por la
emergencia sanitaria por la COVID-19, ante esto, comerciantes y comunidad ha
solicitado al alcalde municipal, se tomen medidas, puesto que todas las fechas
son de los días viernes, y en el comercio se exige el documento de identidad para
la realización de dichas compras.
En
el decreto 271 del 29 de mayo del municipio, se realiza la ampliación de la
medida de pico y cédula hasta las 00 del 01 de julio, por lo cual solicitan al
alcalde municipal Edgar Muñoz Torres, pueda idear una estrategia, para que
todas las personas que necesiten realizar sus compras y acceder al beneficio sin
IVA puedan hacerlo estos tres días.
Dentro
de lo estipulado, 7 categorías estarán exentas de IVA sin embargo también habrá
topes en los precios de venta.
Complementos
de vestuario (precio inferior a los $712.140)
Billeteras.
Morrales.
Maletines.
Bolsos
de mano.
Carteras.
Gafas
de sol.
Paraguas.
Pañoletas.
Bisutería.
Electrodomésticos,
computadoras y equipos de comunicaciones (precios inferiores a $2.848.560)
Televisores.
Parlantes
de uso doméstico tabletas.
Refrigeradores,
congeladores.
Lavaplatos
eléctricos, máquinas de lavar y secar para el hogar.
Aspiradoras,
enceradoras de piso.
Trituradores
eléctricos de desperdicios, aparatos eléctricos para preparar y elaborar
alimentos.
Máquinas
de afeitar eléctricas, cepillos de dientes eléctricos.
Calentadores
de agua eléctricos, secadores eléctricos, planchas eléctricas, calentadores de
ambiente y ventiladores de uso doméstico.
Aires
acondicionados.
Hornos
eléctricos, hornos microondas.
Planchas
para cocinar, tostadores, cafeteras o teteras eléctricas y resistencias
eléctricas para calefacción.
Computadores
personales y equipos de comunicaciones.
Elementos
deportivos (precios inferiores a $2.848.560)
Pelotas
de caucho, bolas, balones.
Raquetas,
bates, mazos.
Gafas
de natación, trajes de neopreno, aletas, salvavidas.
Cascos,
protectores de manos, codos y espinillas.
Zapatos
especializados para la práctica de deportes.
Bicicletas
y bicicletas eléctricas.
Juguetes
y videojuegos (precios inferiores a $356.070)
Muñecas,
los muñecos que representen personajes.
Los
animales de juguete, muñecos de peluche y de trapo.
Instrumentos
musicales de juguete.
Naipes,
juegos de tablero, juegos electrónicos y videojuegos.
Trenes
eléctricos.
Sets
de construcción, juguetes con ruedas diseñados para ser utilizados como
vehículos, rompecabezas y canicas.
Vestuario
(precios inferiores a $712.140)
Prendas
de vestir de todo tipo, pero se excluyen las materias primas.
Útiles
escolares (precios inferiores a $178.035)
Cuadernos.
Software
educativo.
Lápices,
esferos.
Borradores,
tajalápices, correctores.
Plastilina,
pegantes y tijeras.
Bienes
e insumos para el sector agropecuario (precios inferiores a $2.848.560)
Semillas
y frutos para la siembra.
Abonos
de origen animal, vegetal, mineral y/o químicos.
Insecticidas,
raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de
germinación y reguladores del crecimiento de las plantas.
Sistemas
de riego, aspersores y goteros para sistemas de riego.
Guadañadoras,
cosechadoras, trilladoras, partes de máquinas.
Aparatos
y artefactos de cosechar o trillar.
Concentrados
y/o medicamentos para animales.
Alambres
de púas y cercas.