En un trascendental fallo, la Corte Suprema de Justicia le ordenó al presidente de la República, al ministerio de Defensa y al Esmad de la Policía, entre otras entidades, que adopten las medidas que sean necesarias para garantizar el ejercicio del derecho a la protesta pacífica.
Por otro
lado el fallo prohíbe al Esmad el uso de la escopeta que causó muerte de Dilan
Cruz.
La orden fue
impartida este martes al fallar una tutela en la que se protegieron los
derechos a la protesta pacífica, la participación ciudadana, la integridad
personal, el debido proceso, a expresarse y el derecho a la vida, de un grupo
de personas que considera que desde el año 2015 se han presentado conductas que
socavan y debilitan el derecho a protestar pacíficamente.
El fallo de
la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia pide que el Congreso expida una
ley estatutaria que regule los alcances y límites del derecho a la protesta.
Además, se
pide la expedición de un protocolo de acciones preventivas respecto al uso de
la fuerza en el entendido de que debe ser la “excepcionalidad”.
La Corte
Suprema le concedió 48 horas de plazo al ministro de Defensa para que presente
excusas públicas a las personas que resultaron afectadas por los excesos
cometidos por el Esmad de la Policía en noviembre del año pasado durante las
protestas que se desarrollaron a nivel nacional.