El ministerio de Salud, a través de una resolución modificó las reglas para quienes lleguen al país desde el exterior. La decisión fue tomada debido al fallo emitido por un juez en Bogotá a finales de noviembre.
En la resolución 2532 del 31 de diciembre de 2020 la cartera ordena a los viajeros presentar una prueba PCR con resultado negativo. Debe estar expedida en un término no mayor de 96 horas antes del embarque.
Todas las personas desde los cero años que lleguen al país procedentes del exterior sean connacionales o no deberán presentar este examen.
“En todo caso, no se permitirá abordar al pasajero que presente fiebre o síntomas respiratorios asociados con COVID-19 y de aquellos que no hayan diligenciado previamente la aplicación Check-Mig”, asegura el Minsalud.
Según este documento, solo
se podrá permitir el embarque de viajeros que no cuenten con la prueba PCR
cuando ellos “manifiesten que tuvieron dificultades para tomársela o para
obtener el resultado en el término estipulado para el vuelo”.
Fuente: La W