Tribunal cuestiona la investigación de la Fiscalía en el caso Colmenares

 


Después de más de 10 años de la muerte de Luis Andrés Colmenares, ocurrida el 31 de octubre de 2010, el Tribunal Superior de Bogotá anunció su decisión en el caso llevado contra Laura Moreno Ramírez y a Jessy Quintero.

Laura Moreno fue investigada por homicidio mientras que, a Jessy Quintero, por falso testimonio al mantener la versión de Moreno. En febrero de 2017, la juez Paula Astrid Jiménez las absolvió de toda responsabilidad en los hechos.

De acuerdo con la Fiscalía, Luis Andrés Colmenares fue agredido mientras estaba indefenso debido a su alto grado de alicoramiento. La causa de la posible pelea, fue su cercana relación con Laura Moreno, exnovia de Carlos Cárdenas, acusado por homicidio y posteriormente absuelto en doble instancia. Esta versión señala que el joven fue asesinado a golpes, incluso con una botella.

Por otro lado, el ente acusador afirmó que el cuerpo de Colmenares fue arrojado al caño del parque El Virrey en Bogotá, después de ser asesinado.

Frente a estos señalamientos, la juez que absolvió a Jessy Quintero y a Laura Moreno dijo que la Fiscalía no había podido demostrar que este caso se tratara de un homicidio. Aclaró que no hubo golpes generados en la riña, sino que Colmenares se ahogó tras caer al caño. Esta aseveración fue basada en informes periciales, según la Juez.

"Luis Andrés Colmenares falleció por asfixia por sumersión en agua, estando inconsciente, producto de un severo trauma craneoencefálico y coadyuvado por una intoxicación etílica", concluyó la Juez Pula Jiménez.

El día de ayer, el Tribunal Superior de Bogotá ratificó, en segunda instancia, la absolución de Laura Moreno y Jessy Quintero

En la resolución del Tribunal, que fue leída por el magistrado Jairo José Agudelo en una audiencia virtual, manifestó que la Fiscalía no pudo probar más allá de toda duda razonable la participación de las mujeres en los delitos que se les imputaban, ni que la muerte de la víctima fue un homicidio.

El magistrado señaló que, ninguna de las hipótesis presentadas sobre la muerte del joven estudiante universitario pudo ser corroboradas y validadas completamente, pues ni el testimonio de Laura Moreno alcanza para confirmar la veracidad de la tesis del accidente, ni las supuestas acciones de homicidio fueron acreditadas de manera irrefutable.

“La situación planteada a lo largo de esta providencia conduce a optar por el principio in dubio pro reo que implica ante la duda, resolver en favor del acusado. Ello porque en últimas luego de analizar todas las incidencias y pruebas practicadas en juicio oral, condenar como lo reclaman los acusantes no es posible por cuanto el tribunal no alcanzó definitivamente un conocimiento más allá de toda duda, no solo respecto al delito de homicidio, sino la responsabilidad que le seguía, tampoco desde luego sobre la inocencia de las acusadas”, sentenció el magistrado.

La familia de la víctima, insiste en que la muerte del joven no fue por ahogamiento sino por homicidio y que por eso llevarían el caso hasta las últimas instancias. Incluso, ya habían anunciado que podría llegar a la Sala de Casación de la Corte Suprema de Justicia en caso tal de que el magistrado fallara a favor de Moreno y Quintero, confirmando su absolución, como ocurrió.

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