Aprueban proyecto de ley que permite el cambio del orden de los apellidos

 


Con 59 votos a favor y dos en contra, fue aprobado ayer en su último debate el proyecto de ley que permite acordar el orden de los apellidos para los recién nacidos.

La iniciativa dispone que “en el Registro Civil de Nacimiento se inscribirán como apellidos del inscrito(a), el primer apellido de la madre y el primer apellido del padre, en el orden que decidan de común acuerdo”.

“En caso de no existir acuerdo, el funcionario encargado de llevar el Registro Civil de Nacimiento resolverá el desacuerdo mediante sorteo, de conformidad con el procedimiento que para tal efecto establezca la Registraduría Nacional del Estado Civil”, reza el proyecto aprobado en el Senado en último debate.

La iniciativa, que solo cobijaría a los recién nacidos, se aplicaría para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente.

Actualmente, los mayores de edad y personas que presenten casos específicos pueden cambiar el orden de sus apellidos mediante un trámite jurídico. La idea con esta iniciativa es que el orden de los apellidos sea escogido de común acuerdo desde el momento de registrar al recién nacido.

En consecuencia, con esta iniciativa, se toma en cuenta el llamado de la Corte Constitucional, quien declaró inconstitucional la Ley 54 de 1989, que ordenaba que los hijos debían llevar primero el apellido del padre.

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