Con
59 votos a favor y dos en contra, fue aprobado ayer en su último debate el
proyecto de ley que permite acordar el orden de los apellidos para los recién
nacidos.
La
iniciativa dispone que “en el Registro Civil de Nacimiento se inscribirán como
apellidos del inscrito(a), el primer apellido de la madre y el primer apellido
del padre, en el orden que decidan de común acuerdo”.
“En
caso de no existir acuerdo, el funcionario encargado de llevar el Registro
Civil de Nacimiento resolverá el desacuerdo mediante sorteo, de conformidad con
el procedimiento que para tal efecto establezca la Registraduría Nacional del
Estado Civil”, reza el proyecto aprobado en el Senado en último debate.
La
iniciativa, que solo cobijaría a los recién nacidos, se aplicaría para hijos
matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de
parejas conformadas por el mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada
judicialmente.
Actualmente,
los mayores de edad y personas que presenten casos específicos pueden cambiar
el orden de sus apellidos mediante un trámite jurídico. La idea con esta
iniciativa es que el orden de los apellidos sea escogido de común acuerdo desde
el momento de registrar al recién nacido.
En consecuencia,
con esta iniciativa, se toma en cuenta el llamado de la Corte Constitucional,
quien declaró inconstitucional la Ley 54 de 1989, que ordenaba que los hijos
debían llevar primero el apellido del padre.