Confirman la improcedencia de la tutela de Henry Liscano Parra

 


Tras la suspensión del cargo por la Contraloría Departamental del Huila al gerente de las empresas públicas de Pitalito Henry Liscano Parra, para avanzar en la investigación de un presunto detrimento patrimonial de $1.782 millones de pesos en el análisis de 144 contratos de los primeros cuatro meses de esta vigencia administrativa; Liscano interpuso una acción de tutela por considerar vulnerado su derecho al debido proceso.

La tutela correspondió al Juzgado Segundo Penal Municipal de Pitalito, quien declaró improcedente la tutela, a lo que Liscano Parra impugnó la decisión; sin embargo, la sentencia de tutela fue CONFIRMADA y ordena remitir la actuación a la Honorable Corte Constitucional, para su eventual revisión.

Según el fallo, el juzgado confirma lo decidido en primera instancia, aclarando que la improcedencia de la acción de tutela no se deriva de la existencia de otro medio judicial de defensa, incurriendo en un error la juez segunda penal municipal, cuando indica la existencia de mecanismos ante la jurisdicción contencioso administrativa; sino porque no observa el despacho vulneración a los derechos de defensa y debido proceso, encontrando que la actuación de la Contraloría se encuentra ajustada a los criterios establecidos por la Corte Constitucional.

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