El hombre les ofreció sus servicios de espiritismo para sacarles los maleficios y ahuyentar la mala suerte. Invocando poderes ocultos les prometió desenterrar los hechizos y los actos de brujería.
Sin
inmutarse, les dijo que habían sido poseídas por un espíritu maligno y para
expulsarlo debía hacerles el amor.
“Él me dijo
que mi marido me estaba haciendo brujería y que para poder que se desatara todo
tenía que dejarme hacer ese tipo de consultas”, confesó la víctima que lo
denunció.
El hombre
fue contratado en mayo de 2016 para reparar un televisor en la casa de las
víctimas. Sin embargo, terminó como exorcista de oficio.
Desde que
ingresó a la casa José Avelino Pulido Posso les manifestó que percibía ‘malas
energías’ y les ofreció los servicios de espiritismo para limpiarla de los
maleficios. Las mujeres cayeron en la trampa.
El supuesto
brujo regresó días después a la modesta morada en el barrio José Eustasio
Rivera de Neiva, y comenzó con los ritos paganos.
El ritual
consistía en frotar alcohol sobre el abdomen en forma de cruz y tocarles las
partes íntimas mientras las ‘rezaba’.
Otra vez,
hizo un ritual en el patio de la casa con un huevo y cabos de esperma.
Las tres
hermanas, aterradas con la brujería a la que habían sido sometidas, accedieron
ingenuamente a los requerimientos del abusador, supuestamente “para ahuyentar
la mala suerte”.
A la más
joven, le dijo que había sido poseída por un espíritu y para expulsarlo debía
hacerle el amor. Le exigió que se despojara de la ropa interior.
“En esa
parafernalia le aplicaba aceite en las partes íntimas, cerraba los ojos, oraba
y en el trance temblaba con la palma de la mano en sus genitales, ceremonia que
repitió en siete oportunidades”, precisó el relato judicial. La última vez
ocurrió el 9 de julio de 2016.
“En esta
ocasión José Avelino entró a la habitación con el pretexto de hacerle una
“limpieza”. Allí corrió el cerrojo, se sentó en la cama y aflojó el pantalón
para tocar las partes pudendas de la chica, intersticio en el que la
adolescente trata de salir, sin lograrlo”.
“De nuevo,
-continúa el aterrador relato-, quiso retirarse porque percibió intenciones
protervas del exorcista, pero desistió por la velada amenaza hacia sus hijas,
si se iba. Enseguida el brujo la arrojó al tálamo y se le acaballó, sujetó los
brazos con una mano y con las piernas abrió las de ella, hasta que a la fuerza
la accedió. Luego, con sonrisa sardesca exigió guardar silencio”.
Estas
escenas no fueron las únicas. Antes, lo hizo con otras dos jóvenes, hermanas de
la víctima que lo denunció. Incluso lo intentó con la propia progenitora en el
patio de la casa.
Para
eliminar el supuesto hechizo les realizó ritos individuales a las dos hermanas.
En estas ceremonias, según el relato, el perverso abusador “las desvestía, les
aplicaba un lípido untuoso y oraba con un Cristo mientras ‘tocaba’ sus partes
íntimas”.
Las dos
mujeres revelaron que el hombre las persuadió con el cuento de los conjuros
mágicos. Les dijo que percibía un
‘entierro malévolo’ que les impedía progresar y que debía sacarlo.
El aserto,
según el inspirado juez, fue ratificado por sus progenitores.
“Con treta y
engaño convenció a la víctima y a la familia de participar en las pompas
arcanas y así conjurar los malos espíritus”, afirmó el funcionario judicial.
“De esta forma
ganó confianza de su víctima y utilizó el ocultismo para ejercer actos lascivos
y penetrar a la joven madre”, remató el togado.
Aunque
parezca increíble en tiempos de la globalización, la ingenuidad de las
víctimas, sus convicciones místicas o mágicas y la creencia en brujerías y
antídotos espirituales para desterrarlas fueron debilidades que aprovechó
Pulido Posso para sus propósitos protervos, de contenido sexual, insistieron
los operadores judiciales durante el debate probatorio.
“El hombre
utilizó el ocultismo para ejercer actos lascivos”, insistieron. Ese era el tema
central del debate.
“No es
posible que la Fiscalía atribuya la conducta de acceso carnal violento por
fuerza moral, a través de brujería, sin precisar cómo la chamanería se traduce
en violencia, es una vaguedad que vulnera su derecho a la defensa pues requiere
claridad refutarla en el debate probatorio”, alegó el abogado.
“En este
caso, dijo, no se acreditó la violencia que exige el tipo penal para su
estructuración.”
“Para su
materialización se requiere que el sujeto agente quebrante la voluntad de la
víctima con cualquier acto de fuerza física o moral, que busque obligar a la
víctima permitir o tolerar la penetración. Es que el bien jurídico tutelado es
la libertad y capacidad del individuo de disponer de su sexualidad”, respondió
el juez.
“La
tendencia en delitos sexuales cuyas víctimas son menores de edad, es la de que
el agresor actúa en la clandestinidad, ejecuta los actos concupiscentes de
manera tal que nadie los perciba; de ahí que se les denomine ‘delitos a puerta
cerrada’, explicó el operador judicial.
“Aquí solo
se cuenta con lo atestado por la víctima, que inculpa a José Avelino de
realizar sesiones privadas en las que tocó sus partes íntimas y luego, de
manera violenta y sin mediar consentimiento, la penetra vía vaginal, con violencia
física y psicológica”, acotó.
Este
testimonio lo estimó hilado, coherente y coincidente en todos los relatos que
la joven entregó ante el médico legista, la psicóloga y lo recalcó en el
estrado judicial.
“Lo que
impera es el principio de libertad probatoria”, remató, al proferir sentencia
condenatoria. El embaucador fue encontrado culpable por el delito de acceso
carnal violento y condenado o 146 meses de prisión sin derecho a ningún tipo de
beneficio.
“Es
incomprensible que una joven con esa experiencia guardara silencio del agravio
y que participara de manera libre y voluntaria en las sesiones de ‘chamanería’.
Desde la primera ‘consulta’ debió tomar medidas defensivas para evitar ultrajes
y denunciar sin remilgos los actos lujuriosos”, anotó su defensor.
El falso
espiritista negó los cargos y argumentó que “la denuncia obedeció a una
retaliación del progenitor de la víctima porque los televisores quedaron mal
reparados”.
Según el
fiscal, lo llamó a juicio porque el charlatán “convenció a la víctima y a su
familia que sobre aquellos pesaba maleficios, invocó poder para limpiar
“amarres” y retirar mal de ojos, un experto en magia blanca que atrajo el
interés de la joven y demás miembros del clan familiar, pero se valió de los
ritos realizados para satisfacer su líbido y abusar de la adolescente
accediéndola en forma carnal mediante violencia”.
El juez
avaló esa teoría. Consideró que “el
acusado logró generar confianza con la víctima y su familia para que ella y sus
hermanas asistieran a las sesiones de espiritismo, circunstancia que aprovechó
para penetrar sexualmente a la menor sin su consentimiento”.
El defensor
insistió en que en este caso no hubo violencia como elemento estructural del
delito. En su concepto, hubo un ‘yerro
trascendental’ en la valoración de la prueba por ausencia de acreditación de la
violencia física o moral ejecutada por el agente.
“El supuesto
acceso acaece sin que Pulido Posso diera un despliegue de fuerza física o
moral, dado que la ofendida nada menciona de alguna genuina resistencia a la
pretensión copuladora”, alegó.
Lo que pasó
“Ese día me
hizo echar pasador y me dijo que él me iba a orar, que él no me iba a cobrar,
que lo que yo tenía se me iba a quitar, que no me iba a afectar ni a mí ni a
mis hijas, ese día me echó un aceite y me dijo que me iba ayudar y ahí pasó lo
que pasó”, narró la joven víctima.
-¿Y qué
pasó?, le preguntó el fiscal.
“Me decía
que no me iba a cobrar que me dejara llevar y yo le decía que yo no quería, que
a mí no me gustaba, que me respetara y él entonces me forcejeó”.
Pregunta de
nuevo la Fiscalía: ¿Y qué pasó?
“Me violó”,
le respondió.
Según su
testimonio, el impostor le advirtió los actos de brujería y le infundió temor.
“Era tan
real, tan real lo que él decía, que nos metía el temor en la cabeza, y decirnos
que los espíritus nos iban a castigar si no nos dejábamos, que nos iba a ir mal
con los espíritus, que los espíritus no jugaban con las cosas que él hacía”,
narró la víctima.
El relato es
inverosímil, inadmisible y contrario a las reglas de la experiencia, insistió
el defensor.
“La
incriminación es para evitar el pago del arreglo a los televisores, es un
montaje”, complementó Pulido Posso.
“En el
presente evento, para la Sala existe el conocimiento más allá de toda duda
razonable en torno a la responsabilidad de José Avelino Pulido Posso, porque la
víctima fue congruente y explicativa, hizo alusión a todos los detalles
particulares de la agresión sexual que padeció, lo que le otorga credibilidad,
por lo que se procederá a confirmar la decisión”, concluyó el magistrado del
Tribunal Superior de Neiva.
Pulido Posso
fue hallado culpable y condenado a 218 meses de prisión sin ningún beneficio.
Contra esa
decisión procede el recurso extraordinario de casación, el último recurso que
podrá interponer ante la Corte Suprema de Justicia.
Lo que no
sabían era que el espiritista que desenterraba embrujos y espantaba la mala
suerte, era un técnico electricista, no un exorcista.
José Evelino
Pulido Posso, de 73 años, de Vergara (Cundinamarca), había sido condenado por
porte ilegal de armas en septiembre de 2001 por el Juzgado Cuarto Penal de
Bogotá.
En febrero
de 2014, la Policía Metropolitana de Neiva lo capturó por el mismo delito,
durante un allanamiento realizado en el barrio Praderas del Norte. En su
vivienda le encontraron dos escopetas, dos pistolas de fogueo y un radio de
comunicación portátil.
El hombre
fue capturado el 24 de agosto de 2017 por tropas del batallón ‘Tenerife’, y
efectivos del Cuerpo Técnico de Investigación CTI, en el barrio Santa Rosa en
el norte de Neiva por los abusos sexuales, cometidos como un falso chamán.
La Fiscalía lo
acusó el 22 de agosto de 2017, ante el Juzgado Tercero Penal Municipal de Neiva
como autor del delito de acceso carnal violento. El caso lo asumió el Juzgado
Segundo Penal del Circuito de Neiva.
Pulido Posso
fue condenado el 31 de enero de 2019 por acceso carnal violento. El Juzgado
Segundo Penal del Circuito de Neiva lo encontró culpable y lo condenó en
calidad de autor a 18 años de prisión.
Fuente: LA NACIÓN