Hombre se hacía pasar por 'brujo' y violaba mujeres para sacarles malos espíritus



El hombre les ofreció sus servicios de espiritismo para sacarles los maleficios y ahuyentar la mala suerte. Invocando poderes ocultos les prometió desenterrar los hechizos y los actos de brujería.

 

Sin inmutarse, les dijo que habían sido poseídas por un espíritu maligno y para expulsarlo debía hacerles el amor.

 

“Él me dijo que mi marido me estaba haciendo brujería y que para poder que se desatara todo tenía que dejarme hacer ese tipo de consultas”, confesó la víctima que lo denunció.

 

El hombre fue contratado en mayo de 2016 para reparar un televisor en la casa de las víctimas. Sin embargo, terminó como exorcista de oficio.

 

Desde que ingresó a la casa José Avelino Pulido Posso les manifestó que percibía ‘malas energías’ y les ofreció los servicios de espiritismo para limpiarla de los maleficios. Las mujeres cayeron en la trampa.

 

El supuesto brujo regresó días después a la modesta morada en el barrio José Eustasio Rivera de Neiva, y comenzó con los ritos paganos.

 

El ritual consistía en frotar alcohol sobre el abdomen en forma de cruz y tocarles las partes íntimas mientras las ‘rezaba’.

 

Otra vez, hizo un ritual en el patio de la casa con un huevo y cabos de esperma.

 

Las tres hermanas, aterradas con la brujería a la que habían sido sometidas, accedieron ingenuamente a los requerimientos del abusador, supuestamente “para ahuyentar la mala suerte”.

 

A la más joven, le dijo que había sido poseída por un espíritu y para expulsarlo debía hacerle el amor. Le exigió que se despojara de la ropa interior.

 

“En esa parafernalia le aplicaba aceite en las partes íntimas, cerraba los ojos, oraba y en el trance temblaba con la palma de la mano en sus genitales, ceremonia que repitió en siete oportunidades”, precisó el relato judicial. La última vez ocurrió el 9 de julio de 2016.

 

“En esta ocasión José Avelino entró a la habitación con el pretexto de hacerle una “limpieza”. Allí corrió el cerrojo, se sentó en la cama y aflojó el pantalón para tocar las partes pudendas de la chica, intersticio en el que la adolescente trata de salir, sin lograrlo”.

 

“De nuevo, -continúa el aterrador relato-, quiso retirarse porque percibió intenciones protervas del exorcista, pero desistió por la velada amenaza hacia sus hijas, si se iba. Enseguida el brujo la arrojó al tálamo y se le acaballó, sujetó los brazos con una mano y con las piernas abrió las de ella, hasta que a la fuerza la accedió. Luego, con sonrisa sardesca exigió guardar silencio”.

Estas escenas no fueron las únicas. Antes, lo hizo con otras dos jóvenes, hermanas de la víctima que lo denunció. Incluso lo intentó con la propia progenitora en el patio de la casa.

 

Para eliminar el supuesto hechizo les realizó ritos individuales a las dos hermanas. En estas ceremonias, según el relato, el perverso abusador “las desvestía, les aplicaba un lípido untuoso y oraba con un Cristo mientras ‘tocaba’ sus partes íntimas”.

 

Las dos mujeres revelaron que el hombre las persuadió con el cuento de los conjuros mágicos.  Les dijo que percibía un ‘entierro malévolo’ que les impedía progresar y que debía sacarlo.

 

El aserto, según el inspirado juez, fue ratificado por sus progenitores.

 

“Con treta y engaño convenció a la víctima y a la familia de participar en las pompas arcanas y así conjurar los malos espíritus”, afirmó el funcionario judicial.

 

“De esta forma ganó confianza de su víctima y utilizó el ocultismo para ejercer actos lascivos y penetrar a la joven madre”, remató el togado.

 

Aunque parezca increíble en tiempos de la globalización, la ingenuidad de las víctimas, sus convicciones místicas o mágicas y la creencia en brujerías y antídotos espirituales para desterrarlas fueron debilidades que aprovechó Pulido Posso para sus propósitos protervos, de contenido sexual, insistieron los operadores judiciales durante el debate probatorio.

 

“El hombre utilizó el ocultismo para ejercer actos lascivos”, insistieron. Ese era el tema central del debate.

 

“No es posible que la Fiscalía atribuya la conducta de acceso carnal violento por fuerza moral, a través de brujería, sin precisar cómo la chamanería se traduce en violencia, es una vaguedad que vulnera su derecho a la defensa pues requiere claridad refutarla en el debate probatorio”, alegó el abogado.

 

“En este caso, dijo, no se acreditó la violencia que exige el tipo penal para su estructuración.”

 

“Para su materialización se requiere que el sujeto agente quebrante la voluntad de la víctima con cualquier acto de fuerza física o moral, que busque obligar a la víctima permitir o tolerar la penetración. Es que el bien jurídico tutelado es la libertad y capacidad del individuo de disponer de su sexualidad”, respondió el juez.

 

“La tendencia en delitos sexuales cuyas víctimas son menores de edad, es la de que el agresor actúa en la clandestinidad, ejecuta los actos concupiscentes de manera tal que nadie los perciba; de ahí que se les denomine ‘delitos a puerta cerrada’, explicó el operador judicial.

 

“Aquí solo se cuenta con lo atestado por la víctima, que inculpa a José Avelino de realizar sesiones privadas en las que tocó sus partes íntimas y luego, de manera violenta y sin mediar consentimiento, la penetra vía vaginal, con violencia física y psicológica”, acotó.

 

Este testimonio lo estimó hilado, coherente y coincidente en todos los relatos que la joven entregó ante el médico legista, la psicóloga y lo recalcó en el estrado judicial.

 

“Lo que impera es el principio de libertad probatoria”, remató, al proferir sentencia condenatoria. El embaucador fue encontrado culpable por el delito de acceso carnal violento y condenado o 146 meses de prisión sin derecho a ningún tipo de beneficio.

 

“Es incomprensible que una joven con esa experiencia guardara silencio del agravio y que participara de manera libre y voluntaria en las sesiones de ‘chamanería’. Desde la primera ‘consulta’ debió tomar medidas defensivas para evitar ultrajes y denunciar sin remilgos los actos lujuriosos”, anotó su defensor.

 

El falso espiritista negó los cargos y argumentó que “la denuncia obedeció a una retaliación del progenitor de la víctima porque los televisores quedaron mal reparados”.

 

Según el fiscal, lo llamó a juicio porque el charlatán “convenció a la víctima y a su familia que sobre aquellos pesaba maleficios, invocó poder para limpiar “amarres” y retirar mal de ojos, un experto en magia blanca que atrajo el interés de la joven y demás miembros del clan familiar, pero se valió de los ritos realizados para satisfacer su líbido y abusar de la adolescente accediéndola en forma carnal mediante violencia”.

 

El juez avaló esa teoría.  Consideró que “el acusado logró generar confianza con la víctima y su familia para que ella y sus hermanas asistieran a las sesiones de espiritismo, circunstancia que aprovechó para penetrar sexualmente a la menor sin su consentimiento”.

 

El defensor insistió en que en este caso no hubo violencia como elemento estructural del delito. En su concepto, hubo un  ‘yerro trascendental’ en la valoración de la prueba por ausencia de acreditación de la violencia física o moral ejecutada por el agente.

 

“El supuesto acceso acaece sin que Pulido Posso diera un despliegue de fuerza física o moral, dado que la ofendida nada menciona de alguna genuina resistencia a la pretensión copuladora”, alegó.

 

Lo que pasó

“Ese día me hizo echar pasador y me dijo que él me iba a orar, que él no me iba a cobrar, que lo que yo tenía se me iba a quitar, que no me iba a afectar ni a mí ni a mis hijas, ese día me echó un aceite y me dijo que me iba ayudar y ahí pasó lo que pasó”, narró la joven víctima.

 

-¿Y qué pasó?, le preguntó el fiscal.

 

“Me decía que no me iba a cobrar que me dejara llevar y yo le decía que yo no quería, que a mí no me gustaba, que me respetara y él entonces me forcejeó”.

 

Pregunta de nuevo la Fiscalía: ¿Y qué pasó?

 

“Me violó”, le respondió.

 

Según su testimonio, el impostor le advirtió los actos de brujería y le infundió temor.

 

“Era tan real, tan real lo que él decía, que nos metía el temor en la cabeza, y decirnos que los espíritus nos iban a castigar si no nos dejábamos, que nos iba a ir mal con los espíritus, que los espíritus no jugaban con las cosas que él hacía”, narró la víctima.

 

El relato es inverosímil, inadmisible y contrario a las reglas de la experiencia, insistió el defensor.

 

“La incriminación es para evitar el pago del arreglo a los televisores, es un montaje”, complementó Pulido Posso.

 

“En el presente evento, para la Sala existe el conocimiento más allá de toda duda razonable en torno a la responsabilidad de José Avelino Pulido Posso, porque la víctima fue congruente y explicativa, hizo alusión a todos los detalles particulares de la agresión sexual que padeció, lo que le otorga credibilidad, por lo que se procederá a confirmar la decisión”, concluyó el magistrado del Tribunal Superior de Neiva.

 

Pulido Posso fue hallado culpable y condenado a 218 meses de prisión sin ningún beneficio.

 

Contra esa decisión procede el recurso extraordinario de casación, el último recurso que podrá interponer ante la Corte Suprema de Justicia.

 

Lo que no sabían era que el espiritista que desenterraba embrujos y espantaba la mala suerte, era un técnico electricista, no un exorcista.

 

José Evelino Pulido Posso, de 73 años, de Vergara (Cundinamarca), había sido condenado por porte ilegal de armas en septiembre de 2001 por el Juzgado Cuarto Penal de Bogotá.

 

En febrero de 2014, la Policía Metropolitana de Neiva lo capturó por el mismo delito, durante un allanamiento realizado en el barrio Praderas del Norte. En su vivienda le encontraron dos escopetas, dos pistolas de fogueo y un radio de comunicación portátil.

 

El hombre fue capturado el 24 de agosto de 2017 por tropas del batallón ‘Tenerife’, y efectivos del Cuerpo Técnico de Investigación CTI, en el barrio Santa Rosa en el norte de Neiva por los abusos sexuales, cometidos como un falso chamán.

 

La Fiscalía lo acusó el 22 de agosto de 2017, ante el Juzgado Tercero Penal Municipal de Neiva como autor del delito de acceso carnal violento. El caso lo asumió el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Neiva.

 

Pulido Posso fue condenado el 31 de enero de 2019 por acceso carnal violento. El Juzgado Segundo Penal del Circuito de Neiva lo encontró culpable y lo condenó en calidad de autor a 18 años de prisión.

Fuente: LA NACIÓN


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