Una mujer que denunció haberse sentido “psicológicamente obligada” a pagar con sexo oral una deuda de dinero que tenía con un excuñado.
Una inmensa polémica se desató en la justicia de España por
cuenta de una decisión del más alto tribunal de ese país, en el queda
estipulado como legal pagar deudas monetarias con favores sexuales.
La peculiar situación se da porque el Tribunal Constitucional
rechazó en diciembre pasado una demanda interpuesta por una mujer que denunció
haberse sentido “psicológicamente obligada” a pagar con sexo oral una deuda de
dinero que tenía con un excuñado.
La mujer presentó un recurso al alto tribunal, demandando la
sentencia de la Audiencia Provincial de Baleares, que en primera instancia
archivó este caso al considerar que no existió un delito de coacciones hacia la
mujer, argumentando que existió “una relación pactada libremente entre ellos
(la mujer y su excuñado)”.
Medios de ese país reportaron que el caso se remonta a 2019,
cuando la mujer atravesaba dificultades económicas y le pidió al hermano de su
expareja 15.000 euros prestados. A cambio, él le pidió favores sexuales para
saldar la deuda.
Para la justicia de ese país, la situación quedó
completamente aclarada cuando la mujer no quiso seguir pagando su deuda con
favores sexuales, por lo que debió pagar el resto de la deuda de otra manera.
“El Tribunal Constitucional no valora si pedir felaciones
como medio de pago es ilegal o no, ya que no entra en el fondo del asunto al
entender que el recurso presentado contra la resolución de la Audiencia de
Palma no se ajusta a lo estipulado por el artículo 49.1 de la Ley Orgánica del
propio TC, que obliga a justificar la especial trascendencia constitucional
para que un recurso sea admitido”, aseguró el alto tribunal, con respecto al
caso.
Fuente: La fm