Durante la audiencia que culminó en las últimas horas, la
judicatura ratificó la sentencia condenatoria en contra de Armando Quintero
Ponce por el accidente ocurrido el pasado 14 de abril de 2017 en el que perdió
la vida el cantante de música vallenata.
La institución sostuvo que el siniestro vial fue un homicidio
por exceso de velocidad. Esto, respaldado en pruebas que indican que, al
momento del accidente, la camioneta iba a 157 km/h.
Hay que recordar que este acontecimiento tuvo lugar en la vía
San Onofre (Sucre) – Lorica (Córdoba), a la altura del sector conocido como
Aguas Negras, donde las condiciones de la carretera permiten desplazarse a 50
km/h.
La respuesta del Tribunal a la defensa de Quintero: En la
audiencia de este miércoles, la defensa del conductor Quintero Ponce asegura
que este solo seguía la orden de conducir a altas velocidades.
En ese sentido, el Tribunal consideró que el vínculo laboral
no es motivo para ignorar el deber de cuidado, atentar contra la integridad
propia, de los pasajeros y contradecir las leyes.
Por lo anterior, confirmó la condena que ya se le había
dictado el pasado mes de febrero, cuando, además, se le impuso una multa al
señalado por 26,66 salarios mínimos mensuales vigentes.
Un recurso de casación: Ante la ratificación del Tribunal
Superior de Sincelejo, la defensa anunció la posibilidad de interponer un
recurso de casación en la Corte Suprema de Justicia. Hecho que solo podrá
confirmarse la próxima semana.
Por su parte, Óscar Sierra, el apoderado de la víctima Dayana
Jaimes, indicó que la sentencia le brindó tranquilidad a su representada, pues
siente que “la justicia ha obrado de la mejor forma en pro de la búsqueda de la
verdad”