La Corte
Suprema de Justicia le notificó al Congreso sobre la medida de aseguramiento de
detención domiciliaria impuesta al expresidente y senador Álvaro Uribe, en una
comunicación en la que pidió aplicar el artículo 134 de la Constitución que
señala la necesidad de reemplazar al funcionario cobijado con una medida de
aseguramiento por constituirse en una falta temporal.
En un
escrito enviado este martes al presidente del Congreso, Arturo Char, la Sala de
Instrucción de la Corte notificó formalmente acerca de la medida de
aseguramiento de detención domiciliaria impuesta al expresidente y senador y
ordenó tramitar lo que dispone el artículo 134 de la Constitución el cual
indica que en casos de faltas absolutas o temporales causadas por una medida de
aseguramiento debe reemplazarse al miembro de la corporación pública.
La
comunicación firmada por el presidente de la Sala de Instrucción de la Corte,
magistrado Héctor Alarcón, se remitió tras haber quedado en firme la detención
domiciliaria y ante la no apelación por parte de la defensa del senador Uribe
Vélez.
Adicionalmente,
la Corte Suprema le pidió al presidente del Senado que le informe una vez haya
cumplido el trámite tal y como señala la Constitución.
El
presidente del Senado le remitió la comunicación de la Sala de Instrucción de
la Corte a la Comisión de Ética del Congreso para que proceda con el trámite
ordenado por los magistrados.
El senador
Álvaro Uribe Vélez, líder del Centro Democrático, es investigado por los
delitos de soborno a testigo en actuación penal y fraude procesal.