Mediante sentencia del 18 de
septiembre de 2020 se declara:
De acuerdo con los
argumentos previamente expuestos, para la SALA han quedado acreditados los
motivos que tenía la Gobernación del Departamento del Huila para impugnar la
validez del Acuerdo Municipal No. 016 del 05 de junio de 2020 expedido por el
Concejo Municipal de Timaná - Huila; por la vulneración de la Ley, al no darse
la aprobación del mismo de conformidad con lo establecido en el artículo 73 de
la Ley 136 de 1994 para la realización de los debates, razón por la cual
resulta procedente declarar la invalidez Acuerdo sometido a revisión.
El tribunal resuelve:
PRIMERO: Declarar sin
validez el Acuerdo Municipal No. 016 del 05 de junio de 2020 “POR EL CUAL
SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO “PACTO POR UN NUEVO TIMANÁ CON EQUIDAD PARA
TODOS 2020-2023”, expedido por el Concejo Municipal de Timaná – Huila.
En relación a esta
declaratoria de invalidez, que deja sin piso jurídico las obras y acciones
adelantadas en el marco del plan de desarrollo “Pacto por un nuevo Timaná”, se
emitió un comunicado desde la administración municipal.
COMUNICADO
La Secretaria General y de
Gobierno Municipal en cabeza de Dagoberto Tejada Torres, se permite aclarar lo
siguiente:
1. La decisión del Tribunal
Administrativo del Huila, se toma conforme a anomalías en la expedición de
dicho trámite llevadas a cabo por el Concejo Municipal, por lo que no afecta su
contenido sustancial presentado por la Administración de la Alcaldía de Timaná.
2. La Administración
Municipal, de acuerdo a la decisión fallada por el Tribunal Administrativo del
Huila, informa a la comunidad que se estarán adelantando las acciones
correspondientes.
3. Respecto al Plan de
Desarrollo Municipal, se ACLARA, que en él no existe ningún vacío sustancial o
institucional, en consecuencia se llevará a cabo las gestiones pertinentes para
la subsanación de tipo formal con respecto al procedimiento del acuerdo
adelantado por el Concejo Municipal de Timaná Huila.