Este martes el Ministerio de Salud expidió la resolución 1569 que estipula los protocolos de bioseguridad que deben tener los restaurantes y bares para el consumo de bebidas embriagantes.
Adicionalmente,
la entidad señaló que según el decreto 1168 los alcaldes de los municipios y
distritos podrán solicitar al Ministerio del Interior autorización para la implementación
de planes piloto "en establecimientos y locales comerciales que presten
servicio de restaurante o bares, para el consumo de bebidas embriagantes dentro
del establecimiento o local, siempre y cuando se cumpla en todo momento con los
protocolos de bioseguridad y las normas sobre aglomeraciones emitidas por el
Ministerio de Salud para el desarrollo de esta actividad".
En este
sentido, la autorización que imparta el Ministerio del Interior requerirá del
previo concepto favorable del Ministerio de Salud.
Si usted es
un cliente debe tener en cuenta:
Medidas para
el usuario:
- Utilizar
el tapabocas de forma permanente cubriendo nariz y boca.
- Mantener
el distanciamiento físico de dos metros entre persona y persona, diferentes a
su grupo, especialmente en lugares y zonas demarcadas para hacer fila.
- Permitir
la toma de temperatura a su ingreso.
- Realizar
el lavado de manos con agua potable y jabón por lo menos cada 3 horas, al ingresar
o cuando las manos estén contaminadas con secreción respiratoria, después de
toser o estornudar, antes y después de ir al baño o cuando estén visiblemente sucias.
Tener en cuenta que el lavado de manos debe durar mínimo de 20 a 30 segundos.
- Llevar
consigo alcohol glicerinado mínimo al 60% y tapabocas.
- Abstenerse
de ingresar si presenta síntomas sospechosos de covid-19, ha sido diagnosticado
como positivo y no ha concluido el periodo de aislamiento requerido para
superar la enfermedad, o tiene síntomas de resfriado.
- Informarse
sobre las condiciones de uso, acceso y aforo del establecimiento.
- Abandonar
el establecimiento si presenta síntomas compatibles con la covid-19 y consultar
con la EPS.
- Manipular
sus objetos personales como carteras, mochilas, documentos para mostrarlos en
el punto de control, en caso de que el establecimiento realice requisas o solicite
documentos para el ingreso. No debe haber contacto entre quien requisa y los objetos.
Si usted,
por el contrario, tiene un bar o restaurante, tengan en cuenta:
Medidas de
adecuación
- Establecer
un punto de control en la entrada del establecimiento donde se efectúe el registro
de ingreso de los clientes, la toma de temperatura, la autodeclaración de
estado de salud, la verificación del uso correcto del tapabocas y la
realización del procedimiento de desinfección de manos.
- Garantizar
la circulación natural del aire, para disminuir el riesgo de propagación.
- Todos
aquellos espacios cerrados deberán contar con una adecuada ventilación antes de
comenzar su limpieza y desinfección, abrir puertas y ventanas exteriores para
aumentar la circulación de aire exterior. Cuando se utilice aire acondicionado
sin filtros HEPA (del inglés "High Efficiency Partióle Arresting", o
"recogedor de partículas de alta eficiencia"), se debe realizar la
limpieza, desinfección y mantenimiento. Si el aire acondicionado cuenta con
filtros HEPA, se debe garantizar el mantenimiento y cambio según la ficha
técnica de dichos filtros.
- Garantizar
el distanciamiento físico de dos metros entre personas en las barras en caso de
que aplique.
- Garantizar
el distanciamiento físico de dos metros entre mesas o grupos de personas.
- Señalizar
la distribución de las mesas, sillas, barras y áreas comunes, en la medida de
lo posible, mediante la implementación de sistemas de distanciamiento físico.
- Evitar
aglomeraciones en áreas comunes tales como barras, taquilla, ropero, baños,
definiendo
estrategias que garanticen el distanciamiento físico y minimicen la
acumulación
de personas en un mismo lugar tales como: horarios de atención, turnos de
operación, sistemas de reservas.
- Usar marcas en el piso para facilitar el
cumplimiento de la medida de distanciamiento físico. Se deben demarcar las
diferentes posiciones de trabajo y de interacción con los clientes, incluyendo
el área de la cocina y las zonas de espera, baños, pedido, pago y entrega de
productos a los clientes.
- Tener a disposición, de manera permanente y
suficiente, alcohol glicerinado mínimo al 60% y máximo al 95% en las zonas
comunes del establecimiento, en especial en la entrada, la salida, la barra y
la caja, para uso del personal, proveedores y clientes.
- Habilitar,
en lo posible; una puerta de ingreso al establecimiento y otra de salida con el
fin de controlar el flujo y circulación de personas.
- Prohibir
el uso de cualquier tipo de decoración para ocasiones especiales.
- Contar con
un encargado del establecimiento que ubique y oriente a los clientes según lo
indique el personal del punto de ingreso.
- Instalar
en los baños, en lo posible, elementos que reduzcan el contacto de los clientes
con superficies tales como puertas batientes sin cerradura o tipo push, dispensadores
automáticos de papel higiénico, toallas de papel, jabón o alcohol glicerinado
mínimo al 60% y griferías automáticas o de pedal.