Inició investigación a 14 concejales de Pitalito por elección de personero



Esta semana llegó la citación a los 14 concejales que fueron denunciados ante la Procuraduría General de la Nación, por la presunta inhabilidad del actual Personero Hernando Reyes Liscano, el cual fue escogido luego del examen de méritos por el cabildo municipal quien lo posesionó estando presuntamente inhabilitado.

La citación, fue realizada a los concejales David Melo Esguerra, Octavio Ordoñez Perdomo, Laureano Molina Scarpetta, Juan David Palomares Valencia, German Gonzalo Diaz Rodríguez, Oscar Ordoñez Gómez, Manuel Jesús Muñoz Valderrama, Yelmi Murcia Vargas, Armando Aguilar Trujillo, Diego Alejandro Vargas Cabrera, José William Arboleda Clavijo, Jairo Enciso Muñoz Bahos, Manuel Molina, y  Guillermo Rodriguez en donde se les solicita hacer presencia en las instalaciones de la Procuraduría Provincial de Garzón dentro de los próximos 8 días, para ser notificados del auto de apertura de indagación preliminar de las denuncias emitidas el pasado mes de octubre por el veedor municipal HERMINZUL ATUESTA CASTRO y por el abogado JUAN PABLO HOYOS.

En la etapa probatoria o de indagación preliminar se encuentra en estos momentos, las denuncias o queja disciplinarias radicadas en contra de los 14 representantes del corporado,  quienes teniendo  la obligación de Ejercer la supervisión y el seguimiento permanente de la ejecución del contrato a través de la mesa directiva de la Corporación, no realizaron la revisión de las hojas de vida, por lo cual, en el momento también se realizó una denuncia administrativa por la presunta inhabilidad del personero Hernando Reyes Liscano, que se encuentra también, en indagación preliminar.

Las quejas interpuestas,  citaron  el hecho como una falta gravísima, al Actuar u omitir, a pesar de la existencia de causales de incompatibilidad, inhabilidad y conflicto de intereses, de acuerdo con las previsiones constitucionales y legales.

Según los fundamentos jurídicos de la queja administrativa, es fácilmente colegible la responsabilidad disciplinaria de los concejales, quienes tienen a cargo la tarea de elegir y posesionar al personero municipal, citando el artículo 6 de la constitución política en donde se manifiesta que “Los particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones.” Al entenderse que no cumplieron con la revisión de las hojas de vida de los elegibles y posesionar al actual personero, quien  presuntamente  se encuentra incurso en inhabilidad para ejercer el cargo, por tener contratos suscritos  con el ente territorial inferior al año de su posesión.

Ahora bien, valga aclarar que los Concejales siempre tuvieron la dirección del proceso de selección del cargo de Personero, no solo al haber proferido las Resoluciones durante todo el proceso de selección, sino que participaron de la entrevista a los aspirantes, etapa en la cual tuvieron la posibilidad de dar un  puntaje a quienes se presentaron, y el día de la elección, pudieron en el debate y en el ejercicio de control político permanente que les asiste, realizar un detallado análisis de las causales de inhabilidad, incompatibilidad o conflictos de intereses, en que estuviera incursos cualquiera de los aspirantes que se encontraban en la lista de elegibles al cargo, y concretamente en este caso el señor Hernando Reyes Liscano quien ocupó el primer lugar en el concurso de méritos…” según apartes de la queja administrativa sobre la cual se dio apertura a la indagación preliminar.

 

 

 

 

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