La Gobernación del Huila expidió el Decreto Departamental 0236 del 27 de julio del 2021, mediante el cual se busca garantizar el orden público del 6 al 9 de agosto, con medidas como ley seca, prohibición al uso de pólvora, restricción en la movilidad vehicular, entre otras, que regirán de la siguiente manera:
Movilidad de
vehículos: Se restringe la movilidad de vehículos y de personas en todo el
territorio, desde las 10 de la noche hasta las 5 de la mañana del día
siguiente, para las fechas 6 y 7 de agosto.
Bebidas
embriagantes: Se prohíbe el consumo y venta de licor, de 10 de la noche a 5 de
la mañana del día siguiente, para el 6 y el 7 de agosto.
Transporte
de gasolina y combustible: Se prohíbe la venta, porte y transporte de gasolina,
combustibles y derivados del petróleo, así como de cualquier otra sustancia
peligrosa similar. La medida aplicará desde las 10 de la noche del 6 de agosto,
hasta las 5 de la mañana del 9 de agosto.
Pólvora:
Prohibida la venta, comercialización y utilización de cualquier tipo de pólvora
en toda la jurisdicción, desde las 10 de la noche del 6 de agosto, hasta las 5
de la mañana del 9 de agosto.
Escombros,
armas de fuego y armas neumáticas: Será prohibido el transporte de escombros,
material de construcción, llantas, y cilindros de gas desde las 10 de la noche
del 6 de agosto, hasta las 5 de la mañana del 9 de agosto.
Igualmente,
se suspende el porte de armas de fuego y similares, y se prohíbe el porte de
armas neumáticas, de fogueo, de aire, de letalidad reducida, sprays,
rociadores, aerosoles de pimienta o cualquier otro elemento que se asimile a
armas de fuego.
La
ciudadanía puede conocer las excepciones en el Decreto Departamental 0236 del
27 de julio del año 2021. Finalmente, la Administración Municipal invita a la
comunidad a conservar las medidas de bioseguridad, así como a evitar salir a
lugares concurridos y así no ser sancionados por las autoridades competentes.