El representante a la Cámara, Alejandro Carlos Chacón Camargo, radicó un proyecto de ley con el cual busca que las empresas otorguen una licencia remunerada a los trabajadores, por muerte de animales de compañía domésticos.
Así las cosas, la licencia propone que se le otorguen dos
días remunerados al trabajador por la muerte de su mascota, bajo el argumento
de que es “obligación del empleador de otorgar al trabajador la licencia de
luto remunerada por el fallecimiento de su animal de compañía doméstico y el
deber del trabajador de informar al empleador que dentro de su núcleo familiar
existe un animal de compañía doméstico como requisito para acceder al
beneficio”.
La licencia consta de 4 artículos:
-El objeto
-La adición de un numeral y dos parágrafos al artículo 57 del
Código Sustantivo del Trabajo consistentes en que el empleador otorgue una
-licencia remunerada de duelo al trabajador por la pérdida del animal de
compañía doméstica.
-La adición de un numeral y un parágrafo al artículo 58 del
Código Sustantivo del Trabajo los cuales pretenden que el trabajador reporte a
su empleador la existencia del animal de compañía doméstica.
-La vigencia y derogatoria de esta ley.
El representante explicó que “el vínculo sentimental entre
humanos y animales domésticos de compañía es cada vez más importante para las
personas”, por lo que es importante asumir el duelo al momento del
fallecimiento del animal.