Según explicó esa entidad, la sanción obedeció a que pese a
haber accedido de manera inicial a las pretensiones de sus usuarios, la
compañía terminó por desconocer esa voluntad inicial y por ende, no materializó
ni cumplió lo decidido en favor de esos usuarios.
La SuperIndustria precisó que Claro desconoció el derecho que
le asiste a los usuarios de que sus peticiones quejas y reclamos (PQR), sean
atendidos y resueltos de manera definitiva.
A partir del análisis de las denuncias presentadas, la SIC
advirtió en un principio que los usuarios habrían obtenido respuestas
favorables de Claro a sus solicitudes. Sin embargo, el prestador del servicio
finalmente optó por desconocer esa decisión inicial, en detrimento de la
confianza de esos usuarios en que sus peticiones, quejas y recursos, fueran
solucionadas realmente.
Esa entidad aseguró que “en la investigación adelantada por
la delegatura para la protección del consumidor, se pudo comprobar que en las
denuncias presentadas, el operador sancionado incurrió en la omisión al deber
de atender de manera efectiva y definitiva las inconformidades planteadas, ya
que no materializó de manera integral ni oportuna las decisiones emitidas a
favor de los usuarios”.
Es de mencionar que hace un poco más de tres meses, la
Superintendencia de Industria y Comercio multó por $950 millones a Claro, por
haber utilizado la base de datos de portabilidad numérica donde se encuentran
registrados la totalidad de los números de telefonía celular en el país, para
realizar campañas masivas de marketing para la captación de nuevos clientes.