La
Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM confirmó, a través
de la Resolución 2480 del 19 de agosto de 2016, la decisión de negar la
licencia Ambiental para la construcción de la Pequeña Central Hidroeléctrica
PCH El Socorro sobre el río Baché en jurisdicción del municipio de Santa María.
La autoridad
ambiental del Huila decidió no reponer el recurso y en consecuencia ratificó la
resolución No. 1478 del 20 de mayo de 2016 mediante la cual se negó la licencia
ambiental para el proyecto denominado “Pequeñas Centrales Hidroeléctricas en la
cuenca media del Rio Bache en el municipio de Santa María, denominado Bache II
(El Socorro), solicitada por Electrohuila S.A.
El recurso de
reposición que interpuso Electrohuila contenía 37 solicitudes, las cuales una a
una fueron sustentadas por el equipo técnico y jurídico de la
Corporación, dando respuestas a las peticiones del solicitante.
“Considerando
las solicitudes realizadas por Electrohuila y los soportes aportados en el
recurso de Reposición, el equipo técnico-jurídico conformado en la Corporación
Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM, determinó ratificar los motivos por
los cuales fue negada la licencia ambiental del proyecto Pequeña Central
Hidroeléctrica en la cuenca media del Río Baché en la localidad de Santa
María”, menciona la resolución.
Al ser negada
esta licencia ambiental, la CAM niega también para este proyecto hidroeléctrico
el otorgamiento de los permisos asociados a la misma (Ocupación de Cauce,
Aprovechamiento Forestal, Vertimiento de Aguas Residuales, Concesión de Aguas
Superficiales, entre otros).
Los argumentos
De acuerdo
con la CAM, el Estudio de Impacto Ambiental elaborado para el proyecto Pequeña
Central Hidroeléctrica en la cuenca media del Rio Bache, no cumplió con
suficiencia lo establecido en el Decreto 2820 de 2010, así como tampoco dio
cumplimiento a lo estipulado en los Términos de referencia para la Construcción
y Operación de Centrales Hidroeléctricas Generadoras, ni con la Metodología
General para la Presentación de Estudios Ambientales.
“No es
posible que se pueda afirmar que en el área de influencia del proyecto no se
encuentran asentadas comunidades de minorías étnicas tal como lo certifica el
Ministerio del Interior, pues en la evaluación del área de influencia, no fue
clara la metodología utilizada para la definición de estas áreas, por lo que un
error en esta delimitación, podría incluir en el área de influencia del
proyecto a la comunidad indígena El Vergel de la Etnia Pijao, ubicada muy cerca
del límite definido como”, dice el acto administrativo.
Para la autoridad ambiental del Huila, no hubo la suficiente
participación a la comunidad en la definición del Plan de Manejo Ambiental, tal
como lo exigen los términos de referencia, lo cual se vio reflejado en la
audiencia pública ambiental realizada donde la comunidad que participó no
estaba enterada del proyecto. Así como una inadecuada delimitación del área de
influencia del proyecto que resultó omitiendo la presencia de una comunidad
indígena asentada sobre la cuenca del río Baché que a la postre suministraría
el recurso hídrico requerido por el proyecto.
El hecho de que
el proyecto no corresponda a un megaproyecto no es sinónimo de que “no se
generen impactos graves para el medio ambiente que no puedan ser prevenido,
mitigados controlados o compensados”, como lo afirman en el recurso; pues hay
pequeños proyectos que pueden generar graves afectaciones ambientales”, subraya
el concepto técnico de la Corporación.
Así mismo, el
hecho que el caudal solicitado (8,9 m3/s) es superior al caudal que
se puede concesionar en el río Baché en épocas de estiaje, es otro factor
determinante por el cual no es posible el otorgamiento de la licencia
ambiental; de ser aprobada la construcción el proyecto se generaría impactos y
riesgos graves sobre el entorno y sobre las comunidades del área de influencia,
lo que pondría en peligro el sostenimiento del ecosistema, la flora y la fauna
que se beneficia actualmente sobre el cauce y la cuenca del río Baché y
especialmente el área de influencia del proyecto hidroeléctrico.