La decisión del
alto tribunal se pronunció sobre una demanda que aseguraba que esta práctica
reducía a los animales a un “mero negocio”. La decisión empieza a regir dentro
de un año.
Tras semanas de
ardua discusión y polémica nacional, la Corte Constitucional tomó una decisión:
la caza de fauna silvestre con fines deportivos quedó prohibida en todo el
país. La Sala Plena tumbó varios apartes del Estatuto de Protección Animal de
1989 y del Decreto Ley 2811 de 1974 que la permitían y que creaban cotos de
caza, es decir, áreas específicas para cazar. La decisión se tomó al aprobar la
ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo y empieza a regir en un año.
El debate inició
por una demanda que presentó Laura Juliana Santacoloma Méndez, quien alegaba
que la caza deportiva desconocía los principios de dignidad humana, solidaridad
y prevalencia del interés general. Y afirmaba que con esta se reducen a los
animales a un “mero negocio”. “En el marco del límite de los derechos que le
serían propios a los animales de existir y no sufrir sin razones moralmente
injustificadas, la caza deportiva implica un abuso de derechos”, decía la
demanda.
El procurador
general Fernando Carrillo también había sentado su posición al decirle a la
Corte que no había una justificación válida para la caza deportiva. En su
concepto, dijo que se trataba de "la muerte, tortura y mutilación de los
animales exclusivamente para recrear al ser humano”. Entre tanto, para el
gobierno de Juan Manuel Santos, la práctica debía mantenerse el marco legal de
la caza deportiva porque realmente estaban protegiendo a la fauna silvestre.
“El control
existente al tipo de caza deportiva, forma de realización, armas, lugares,
especies afectadas, lejos de permitir la actividad, la somete a los estrictos
controles que debe establecer la autoridad ambiental competente”, decía el
concepto presentado por el gobierno anterior. Luego que ese documento fuera
revelado por El Espectador, el actual ministerio de Ambiente, que encabeza
Ricardo Lozano, manifestó su rechazo a la caza deportiva, aunque esa postura no
alcanzó a ser tenida en cuenta por el alto tribunal.
De hecho, el
ministerio señaló en un comunicado de prensa el lanzamiento de una nueva
política, llamada “Un país amigable con los animales”. La idea es que
“erradicar toda forma de violencia, crueldad, tráfico y comercio ilegal” contra
la fauna, sea parte del Plan Nacional de Desarrollo. Y en ese panorama no hay
lugar para los 21 clubes de cazadores registrados a nivel nacional y los más de
10.000 afiliados a la Federación Colombiana de Tiro y Caza Deportiva
(Fedetiro).
No obstante, entre
los conceptos que la Corte Constitucional recibió para el estudio de este
asunto, se encontraba uno de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado,
presentado por el Gobierno anterior, en el que se pedía mantener la caza
deportiva. El argumento era que no se trataba de una actividad en la que se
presentaran “altas
dosis de maltrato animal”, como sí sucede en el coleo, las peleas de gallos o
las corridas de toros".
Incluso, la
Agencia Jurídica afirmó: “El sistema nervioso central de un venado no es igual
al de un pato o una paloma y por lo tanto la experiencia de dolor y sufrimiento
es completamente diferente en ambas especies”. En su concepto, la entidad
defendió igualmente el derecho de los cazadores deportivos. “Si de dignidad se
trata, los cazadores deportivos han escogido una actividad “acorde a sus
propios intereses” (…) Están ejerciendo su derecho al libre desarrollo de su
personalidad, sin causar perjuicio a otros seres humanos y fomentando la
protección del medio ambiente y de las especies de fauna que viven en él”,
precisaba el documento.
Tomado de El
Espectador