Corte Constitucional
estudia despenalizar por completo el aborto en Colombia. De aprobarse la
ponencia del magistrado Alejandro Linares, se permitiría en todos los casos,
siempre y cuando sea antes de las 16 semanas de gestación.
Si se pasa ese tiempo,
solo podrían someterse a una interrupción voluntaria del embarazo quienes estén
dentro de las tres causales que actualmente se encuentran contenidas en la ley
colombiana: peligro para la salud física o mental de la mujer, violación o
incesto y malformación del feto.
La ponencia de Linares
se da luego de dos demandas que presentó la abogada Natalia Bernal y que
buscaban, paradójicamente, prohibir el aborto en todos los casos bajo el
argumento que existe vida en el vientre materno y se debe respetar.
“Todos los seres humanos,
todos los seres vivientes, tienen derecho a nacer. Ninguna autoridad puede
decidir quién vive y quién no. Si hay juicios de ponderación entre quiénes
tienen derechos y quiénes no, y qué individuos son superiores en la sociedad,
se está abriendo la puerta a los genocidios”, aseguró Bernal en una entrevista
para EL Espectador, realizada en diciembre pasado.
El Código Penal de
Colombia aún tipifica como delito el aborto cuando se realiza por fuera de las
tres causales establecidas. Las penas van entre 16 y 54 meses.
Lo que viene ahora es
la discusión de la ponencia, la próxima semana, en la sala plena de la Corte
Constitucional. Luego vendrá la posterior votación. Si cinco magistrados de
nueve votan a favor del texto, se convertirá en una sentencia de obligatorio
cumplimiento.