No se podrá hacer explotación minera en el Río Magdalena




Desde el año 2013 se había otorgado la licencia a la empresa Proacol por parte de la CAR para realizar actividades de explotación de material de construcción, explicaron desde la CAR que se garantizó la posibilidad de participación efectiva, no solo a las comunidades de las áreas de influencia del proyecto sino además a cualquier persona que quisiera intervenir en el trámite, dentro de los cuales se encuentran las comunidades y autoridades municipales respectivas, así como también se realizó la audiencia pública debidamente solicitada.


Sin embargo, en noviembre del 2019 se interpuso un derecho de reposición con respecto al proceso que se realizó, así las cosas, la Regional Alto Magdalena de la Corporación se encuentra realizando el proceso de notificación de la decisión respectiva, garantizando el derecho que tiene cada uno de los terceros intervinientes a presentar recurso, si lo desean, con los argumentos que pretendan demostrar y que puedan apuntar a que la decisión tomada, es contraria al ordenamiento jurídico ambiental.

Juan Camilo Ferrer, Director jurídico de la Corporación, afirmó que “es necesario hacer claridad que la licencia ambiental, con los derechos y obligaciones que cobijan al beneficiario de la misma, se encuentra suspendida, hasta tanto no se resuelva el recurso de reposición que ya fue presentado en el mes de noviembre de 2019, o los que pudieran presentarse en el término legalmente establecido que tienen los terceros intervinientes para tal fin”.

Indicaron desde la CAR que se construirá un equipo especial experto que analizará tanto la parte técnica, como la social y la legal, en relación con los argumentos que se presenten, y hecho el análisis respectivo, se pronunciará en relación con una eventual confirmación, modificación o revocatoria de la decisión adoptada.


Julián Martínez

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