
En respuesta la secretaría de salud, realizó un estudio y verificación del tema donde dieron por conclusión que efectivamente se estaba incumpliendo por parte de las entidades prestadoras del servicio de salud lo emanado en el decreto nacional número 990 en su artículo 3.
Por tal razón la secretaría de salud emitió una circular donde le solicita a las entidades administradoras de planes de beneficio que deberán garantizar el tramite oportuno a todas las solicitudes presentadas por la población afiliada en todos los niveles de atención.
Deberán eliminar todas las barreras administradoras como pico y cédula que obstaculicen o retrasen el acceso a los servicios que presta la entidad.
También deben implementar estrategias innovadoras que permitan cumplir con las normas de bioseguridad y sanidad en los centros de atención.
Finalmente, la secretaría de salud solicitó a las entidades que deben entregar los planes de atención que garanticen lo solicitado en un periodo máximo de 3 días, y que seguirán realizando las verificaciones pertinentes para que se cumpla lo determinado.
Esta es la circular