El gobernador Luis Enrique Dussán López, tras
conocer las cifras de ocupación de camas UCI en el Huila y escuchar las
recomendaciones de los expertos de la salud y el Ministerio de Defensa, sancionó
el decreto 0104 que ordena restricciones en la movilidad y circulación de
personas; medida adoptada el 02 de febrero y regirá hasta el 15 de febrero, como
estrategia para frenar la propagación del Covid19
En el paquete de medidas está la restricción en la
circulación de vehículos y motos en todo el departamento entre las veinte horas
(20:00) y hasta las cinco (05:00 a.m.) del día siguiente.
Además, esta vez se ordena restringir en todo el
territorio departamental, la circulación de menores de edad desde las veinte
horas (20:00) y hasta las cinco (05.00 a.m.) del día siguiente. Para los
adultos mayores se restringe la circulación entre las veintidós horas (22:00) y
hasta las cinco horas (05:00 a.m.) del día siguiente.
Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en
espacios públicos y establecimientos de comercio abiertos al público, así como
eventos masivos de conformidad a los lineamientos del Ministerio de Salud.
Para promover el orden público y salida colectiva
de personas a la calle, se mantiene la medida del pico y cédula para la
adquisición de todo tipo de bienes, servicios y realización de actividades
comerciales, así como para la movilización y circulación deberá acreditar el
último dígito de su documento de identificación de acuerdo con el día
calendario.
Para los días pares calendario deberá demostrar su
último digito de su documento de identificación en número par y
consecuentemente para los días impares calendario deberá demostrar el último
dígito de su documento de identificación en número impar.