Nuevas medidas restrictivas en la movilidad y circulación en el Departamento del Huila

 


El gobernador Luis Enrique Dussán López, tras conocer las cifras de ocupación de camas UCI en el Huila y escuchar las recomendaciones de los expertos de la salud y el Ministerio de Defensa, sancionó el decreto 0104 que ordena restricciones en la movilidad y circulación de personas; medida adoptada el 02 de febrero y regirá hasta el 15 de febrero, como estrategia para frenar la propagación del Covid19

En el paquete de medidas está la restricción en la circulación de vehículos y motos en todo el departamento entre las veinte horas (20:00) y hasta las cinco (05:00 a.m.) del día siguiente.

Además, esta vez se ordena restringir en todo el territorio departamental, la circulación de menores de edad desde las veinte horas (20:00) y hasta las cinco (05.00 a.m.) del día siguiente. Para los adultos mayores se restringe la circulación entre las veintidós horas (22:00) y hasta las cinco horas (05:00 a.m.) del día siguiente.

Se prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio abiertos al público, así como eventos masivos de conformidad a los lineamientos del Ministerio de Salud.

Para promover el orden público y salida colectiva de personas a la calle, se mantiene la medida del pico y cédula para la adquisición de todo tipo de bienes, servicios y realización de actividades comerciales, así como para la movilización y circulación deberá acreditar el último dígito de su documento de identificación de acuerdo con el día calendario.

Para los días pares calendario deberá demostrar su último digito de su documento de identificación en número par y consecuentemente para los días impares calendario deberá demostrar el último dígito de su documento de identificación en número impar.

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