El Código de Policía en Colombia fue actualizado hace un par de años, levantando una dura polémica por algunas de las medidas que se establecieron y que para muchos eran casi que un abuso de autoridad cometido por el Gobierno en el trámite en el Congreso.
Al margen de
los defensores y detractores, ese mismo Código de Policía tiene –entre otras–
una serie de medidas que regulan el comportamiento ciudadano. Una de esas
normas tiene que ver con la operación de las tiendas de barrio.
El Código de
Policía en Colombia establece unas medidas para los tenderos sobre el uso del
baño.
En uno de
los artículos del Código de Policía quedó establecido que los tenderos están
obligados a prestar sus baños a la comunidad.
De hecho, el
tendero que se niegue a facilitar el baño a los ciudadanos que se lo le pidan
“prestado”, puede ser objeto de duras multas cuando se trate de niños, mujeres
embarazadas y adultos mayores.
Y es que el
Código de Policía es claro sobre la obligación de los locales comerciales a
prestar el baño a los ciudadanos, independiente de si se trata de clientes o no
del lugar.
Revisado el
Código de Policía, el tendero que se niegue a facilitar el baño puede ser
multado hasta con $121.000.
En caso de
que un ciudadano se vea afectado por la negación de este servicio, puede
dirigirse al CAI de la Policía más cercano para presentar la denuncia y que se
haga efectiva la sanción en contra del tenedero.
Código de
Policía, artículo 88 sobre tiendas y baños
Es
obligación de todos y cada uno de los establecimientos de comercio abiertos al
público, prestar el servicio de baño a niños, mujeres en evidente estado de
embarazo y adultos de la tercera edad cuando así lo soliciten, sin importar que
los mismos sean sus clientes o no. La inobservancia de la presente norma tendrá
como consecuencia la imposición de una Multa General Tipo 1 o suspensión
temporal de actividad.
Será
potestad de los establecimientos de comercio en mención el cobro del servicio
enunciado el cual deberá ser regulado por los correspondientes entes
territoriales.
Tenderos, a
prestar el baño
Hace solo
unos días, la Secretaría de Gobierno de Gobierno de Bogotá junto a las
alcaldías locales de la ciudad pusieron en marcha la campaña “Presta el Baño”.
El objetivo
de la campaña es que los comerciantes entiendan la ‘necesidad’ de que presten
sus baños a los ciudadanos.
“Estaremos
en las localidades haciendo pedagogía frente al tema, para que cada vez sea más
fácil el acceso a este servicio en los establecimientos comerciales”, dijo el
secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez.
No prestar el baño a niños, mujeres en embarazo y adultos mayores tiene multa a establecimientos de $121mil según el Código Nal de Seguridad y Convivencia.#PrestaElBaño. No lo hagas por la multa, si no por quien tiene la urgencia ¡Mañana puedes ser tú!
— Secretaría de Gobierno (@GobiernoBTA) July 19, 2021
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Fuente: La
Fm