Ya no será necesario portar en físico el pase de conducción ni la licencía de tránsito

 

Las autoridades podrán de ahora en adelante verificar la información reportada en el Runt para establecer que los conductores cumplan con esta obligación, tras la expedición de la circular No 20221010000601 del 3 de enero de 2022, en donde el Ministerio de Transporte estableció que ya no será necesario que los conductores en el país porten en físico la licencia de conducción y la licencia de tránsito del vehículo.

¿Si salgo sin la licencia de tránsito y/o de conducción en físico y en la vía me requiere un agente de tránsito, que puedo hacer?

Es este caso, el ciudadano podrá hacer la consulta en línea y en tiempo real de la información que reposa en el Runt y deberá mostrar al agente de tránsito el mensaje de datos que arroja la consulta donde se evidencia que cuenta con los documentos requeridos (licencia de tránsito y/o de conducción).

¿Cómo acceder al Runt para verificar los documentos?

El sistema del Registro Único Nacional de Tránsito-Runt cuenta con la opción para consulta de la ciudadanía, la cual puede realizarse a través de la página web https://www.runt.com.co/consultaCiudadana/#/consultaVehiculo, la consulta se podrá realizar indicando el documento de identidad, placas del vehículo, número de VIN o número de Soat.

Allí encontrará los datos específicos sobre su licencia de conducción, licencia de tránsito, sus certificaciones y otros documentos relacionados con su información como conductor o propietario del vehículo registrado ante el RUNT.

¿Qué pasa si voy por carretera y no hay señal para revisar los documentos?

Para este caso recomendamos tomar medidas antes de iniciar su viaje, llevando consigo las licencias físicas. Cabe resaltar, que el conductor deberá presentar a las autoridades de control los documentos, ya sea en físico o a través de la consulta que realice en línea y en tiempo real en el Runt.

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